Circular 2/2020, de 9 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen las normas de balance de gas natural.
BOE-A-2020-682 · Boletín Oficial del Estado, 2020-01-17 · Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
Circular 2/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Circular 2/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-01-09
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 15, 2020-01-17
- Entrada en vigor
- 2020-04-01
- Departamento
- Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 52
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-682
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
En fecha 26 de marzo de 2014 se aprobó el Reglamento (UE) n.º 312/2014 de la Comisión, por el que se establece un código de red sobre el balance de gas en las redes de transporte. Este Reglamento determina las normas de balance de gas en las redes de transporte por gasoducto, incluidas las relacionadas con los procedimientos de nominación, tarifas de balance, procesos de liquidación ligados a las tarifas de desbalance diarias y el balance operativo entre las redes de los gestores de redes de transporte. El Reglamento pretende la creación de un mercado interno de la energía plenamente interconectado. A tal fin, asigna a los reguladores nacionales las principales competencias en materia de balance con la finalidad de armonizar los procesos de aplicación del Reglamento y de asegurar que se aplican las normas de balance en toda la Unión Europea del modo más eficaz. De ello resulta la…
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Principios generales.
- Artículo 5. Habilitación de los usuarios.
- Artículo 6. Notificación de transferencias de titularidad de gas natural licuado o de gas.
- Artículo 7. Balance operativo en las plantas de regasificación de gas natural licuado y almacenamientos subterráneos básicos.
- Artículo 8. Tratamiento económico del desbalance de los usuarios en TVB y AVB.
- Artículo 9. Neutralidad económica del gestor técnico del sistema en el área de balance en TVB y en AVB.
- Artículo 10. Información sobre la gestión de los desbalances de los usuarios en TVB y en AVB.
- Artículo 11. Balance operativo y acciones de balance en la red de transporte.
- Artículo 12. Servicios de balance en PVB.
- Artículo 13. Información sobre las acciones de balance del gestor técnico del sistema en PVB.
- Artículo 14. Requisitos de las entidades que realizan funciones de notificación de transacciones.
- Artículo 15. Recargos económicos por desbalance de los usuarios en el día de gas.
- Artículo 16. Imputación del coste de las acciones de balance: Neutralidad económica del gestor técnico del sistema.
- Artículo 17. Servicio de flexibilidad de almacenamiento de gas.
- Artículo 18. Incentivos del gestor técnico del sistema en relación con el balance del sistema gasista.
- Artículo 19. Calendario para las liquidaciones económicas por desbalances.
- Artículo 20. Resultado de las cuentas de liquidaciones por desbalances.
- Artículo 21. Procedimientos de nominación y renominación.
- Artículo 22. Información que se facilitará a los usuarios.
- Artículo 23. Condiciones generales sobre garantías para la liquidación de desbalances.
- Artículo 24. Ejecución de garantías en caso de impago de los recargos por desbalances.
- Artículo 25. Incumplimiento de los requerimientos de aportación de garantías por desbalances.
- Artículo 26. Nivel de riesgo de desbalance.
- Artículo 27. Cálculo de las garantías por desbalances.
- Artículo 28. Solución de conflictos.
- Disposición adicional primera. Capacidad de almacenamiento en PVB.
- Disposición adicional segunda. Gas de maniobra.
- Disposición adicional tercera. Habilitación de usuarios.
- Disposición adicional cuarta. Gas de los usuarios inhabilitados.
- Disposición adicional quinta. Propuesta de procedimiento para la habilitación, suspensión y baja de usuarios con cartera de balance y propuesta de contrato marco de habilitación…
- Disposición adicional sexta. Plataforma de comercio donde el gestor técnico del sistema realice las transacciones de transferencia de titularidad de gas.
- Disposición adicional séptima. Calendario de envío, retirada y modificación de notificaciones.
- Disposición adicional octava. Procedimiento de facturación y liquidación de desbalances en TVB y AVB y neutralidad del GTS.
- Disposición adicional novena. Mecanismo de incentivos al gestor técnico del sistema.
- Disposición adicional décima. Gestión de Garantías.
- Disposición adicional undécima. Consulta a los agentes.
- Disposición adicional duodécima. Cómputo de plazos.
- Disposición transitoria primera. Suscripción del nuevo contrato marco de habilitación de cartera de balance.
- Disposición transitoria segunda. Eficacia de Resoluciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
- Disposición transitoria tercera. Gestión de los desbalances en TVB y AVB.
- Disposición transitoria cuarta. Procedimientos que permitan establecer el estado de la red de transporte.
- Disposición transitoria quinta. Normas de gestión de garantías para la contratación del acceso y para la liquidación de desbalances del sistema gasista.
- Disposición transitoria sexta. Garantías para la liquidación de desbalances.
- Disposición transitoria séptima. Adhesión al contrato marco de habilitación de cartera de balance.
- Disposición transitoria octava. Agrupaciones de carteras de balance en TVB y en AVB.
- Disposición transitoria novena. Tratamiento de ajustes y regularizaciones de repartos en plantas de regasificación anteriores a la entrada en vigor de esta circular.
- Disposición transitoria décima. Valor de los parámetros contenidos en la circular.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Circular 2/2020?
- Circular 2/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Circular 2/2020?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Circular 2/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.