Disposición adicional tercera. Habilitación de usuarios.
Disposición adicional tercera de la Circular 2/2020, de 9 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen las normas de balance de gas natural. · BOE-A-2020-682
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-01.
Texto consolidado
Los usuarios que deseen operar en el área de balance en TVB, PVB y AVB a partir de la fecha de entrada en vigor de esta circular deberán adherirse al contrato marco de habilitación de cartera de balance con el gestor técnico del sistema antes de la citada fecha.