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Circular Vigente

Disposición transitoria primera. Suscripción del nuevo contrato marco de habilitación de cartera de balance.

Disposición transitoria primera de la Circular 2/2020, de 9 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen las normas de balance de gas natural. · BOE-A-2020-682

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-01.

Texto consolidado

Aquellos usuarios que, en la fecha de entrada en vigor de esta circular, estén habilitados para disponer de cartera de balance en PVB, o tengan contrato de acceso a las plantas de regasificación o a los almacenamientos subterráneos, deberán únicamente suscribir el nuevo modelo de contrato marco de habilitación de cartera de balance que se apruebe por resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, sin necesidad de seguir el previo procedimiento de habilitación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-04-01.

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