Real Decreto 608/2025, de 8 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de la Juventud.
BOE-A-2025-15940 · Boletín Oficial del Estado, 2025-08-01 · Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Real Decreto 608/2025 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-04.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 608/2025
- Fecha de la disposición
- 2025-07-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 184, 2025-08-01
- Entrada en vigor
- 2025-08-02
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-05-04
- Artículos
- 39
- Identificador BOE
- BOE-A-2025-15940
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El organismo autónomo Instituto de la Juventud (en adelante, INJUVE) se encuentra adscrito al Ministerio de Juventud e Infancia, a través de la Secretaría de Estado de Juventud e Infancia, con la naturaleza jurídica, estructura, funciones y competencia que prevé su normativa específica, tal y como establece el artículo 2.6 del Real Decreto 211/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Juventud e Infancia, en cuya disposición final segunda se regula el mandato al Gobierno para la aprobación de un nuevo Estatuto del INJUVE.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Estatuto del organismo autónomo Instituto de la Juventud.
- Disposición adicional única. Supresión de órganos.
- Disposición transitoria única. Unidades y puestos de trabajo de rango inferior a Subdirección General.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1923/2008, de 21 de noviembre, por el que se crea la Comisión Interministerial para la Juventud y se regulan sus funcion…
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Naturaleza jurídica y adscripción.
- Artículo 2. Régimen jurídico.
- Artículo 3. Potestades administrativas.
- Artículo 4. Finalidad y objetivos.
- Artículo 5. Funciones.
- Artículo 6. Órganos del INJUVE.
- Artículo 7. La Presidencia.
- Artículo 8. El Consejo Rector.
- Artículo 9. Composición del Consejo Rector.
- Artículo 10. Declaración de confidencialidad por parte de los miembros del Consejo Rector.
- Artículo 11. Funciones del Consejo Rector.
- Artículo 12. Funcionamiento del Consejo Rector.
- Artículo 13. La Dirección General.
- Artículo 14. Funciones de la Dirección General.
- Artículo 15. La Secretaría General.
- Artículo 16. La Subdirección General de Programas Europeos y Cooperación Internacional.
- Artículo 17. La Subdirección General de Información, Programas e Igualdad.
- Artículo 18. El Consejo Interterritorial de Juventud.
- Artículo 19. Composición del Consejo Interterritorial de Juventud.
- Artículo 20. Funciones del Consejo Interterritorial de Juventud.
- Artículo 21. Régimen de funcionamiento del Consejo Interterritorial de Juventud.
- Artículo 22. El Centro Eurolatinoamericano de Juventud.
- Artículo 23. Financiación.
- Artículo 24. Régimen presupuestario y económico financiero.
- Artículo 25. Contabilidad y control.
- Artículo 26. Régimen de contratación.
- Artículo 27. Régimen patrimonial.
- Artículo 28. Régimen jurídico.
- Artículo 29. Personal directivo.
- Artículo 30. Relación de puestos de trabajo.
- Artículo 31. Retribuciones.
- Artículo 32. Provisión de puestos de trabajo.
- Artículo 33. Actos que agotan la vía administrativa.
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 608/2025?
- Real Decreto 608/2025 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-04.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 608/2025?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.