Artículo 10. Declaración de confidencialidad por parte de los miembros del Consejo Rector.
Artículo 10 del Real Decreto 608/2025, de 8 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de la Juventud. · BOE-A-2025-15940
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-08-02.
Texto consolidado
En el desarrollo de sus funciones, las personas miembros del Consejo Rector deberán mantener la confidencialidad debida en relación con los datos, informaciones y deliberaciones que tengan tal carácter de las que tengan conocimiento por razón de su pertenencia al mismo.