Real Decreto 557/2020, de 9 de junio, por el que se adoptan medidas extraordinarias en el sector del vino para hacer frente a la crisis causada por la pandemia de COVID-19, y por el que se fija una norma de comercialización en el sector del vino y se modifica la regulación sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola y el programa de apoyo al sector del vino.
BOE-A-2020-5898 · Boletín Oficial del Estado, 2020-06-10 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Real Decreto 557/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 557/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-06-09
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 163, 2020-06-10
- Entrada en vigor
- 2020-06-11
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 48
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-5898
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La pandemia de COVID-19 está provocando una importante perturbación del mercado vitivinícola. Debido a esta circunstancia, se ha publicado el Reglamento Delegado (UE) 2020/592 de la Comisión de 30 de abril del 2020, por el que se establecen medidas excepcionales de carácter temporal que autorizan excepciones a determinadas disposiciones del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo para hacer frente a la perturbación del mercado causada por la pandemia de COVID-19 en el sector de las frutas y hortalizas y en el sector vitivinícola, así como medidas conexas.
Las medidas adoptadas para hacer frente a esta crisis en el sector de la restauración con el cierre de hoteles, restaurantes y bares, y los problemas logísticos creados por las restricciones impuestas han tenido una fuerte repercusión en el abastecimiento y demanda de vino.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Beneficiarios de la ayuda.
- Artículo 4. Autorización de destiladores.
- Artículo 5. Importe de la ayuda.
- Artículo 6. Solicitudes de ayuda.
- Artículo 7. Reparto de la ayuda.
- Artículo 8. Resolución.
- Artículo 9. Solicitudes de pago.
- Artículo 10. Destino del alcohol.
- Artículo 11. Justificación del destino del alcohol obtenido.
- Artículo 12. Pagos.
- Artículo 13. Liberación de garantías.
- Artículo 14. Ámbito de aplicación.
- Artículo 15. Beneficiarios de la ayuda.
- Artículo 16. Condiciones de la ayuda.
- Artículo 17. Solicitudes de ayuda.
- Artículo 18. Reparto de la ayuda.
- Artículo 19. Resolución.
- Artículo 20. Contratos.
- Artículo 21. Procedimiento para el almacenamiento privado.
- Artículo 22. Pagos.
- Artículo 23. Liberación de garantías.
- Artículo 24. Aplicación de la ayuda a la cosecha en verde para la vendimia de 2020.
- Artículo 25. Ámbito de aplicación.
- Artículo 26. Beneficiarios.
- Artículo 27. Requisitos de admisibilidad.
- Artículo 28. Parámetros para el cálculo de la ayuda.
- Artículo 29. Solicitudes de ayuda.
- Artículo 30. Resolución.
- Artículo 31. Reparto de la ayuda.
- Artículo 32. Controles.
- Artículo 33. Pago de la ayuda a los beneficiarios.
- Artículo 34. Sanciones.
- Artículo 35. Condicionalidad.
- Artículo 36. Controles y financiación.
- Artículo 37. Restricciones para vinos con DOP.
- Artículo 38. Pagos indebidos.
- Artículo 39. Flexibilidad presupuestaria entre medidas.
- Artículo 40. Incompatibilidad.
- Artículo 41. Régimen sancionador.
- Disposición adicional única. Condición suspensiva.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de modificación.
- Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 774/2014, de 12 de septiembre, por el que se desarrolla la aplicación del artículo 167 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013…
- Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 739/2015, de 31 de julio, sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola.
- Disposición final quinta. Modificación del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola es…
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 170 de 18 de junio de 2020 |
| Se modifica | Real Decreto 867/2020, de 29 de septiembre, por el que se regulan los productos zoosanitarios de reactivos de diagnóstico de uso veterinario, los sistemas de… |
Normas a las que afecta (8)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 557/2020?
- Real Decreto 557/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 557/2020?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 557/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.