Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030.
BOE-A-2026-8872 · Boletín Oficial del Estado, 2026-04-23 · Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana
Real Decreto 326/2026 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-23.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 326/2026
- Fecha de la disposición
- 2026-04-22
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 99, 2026-04-23
- Entrada en vigor
- 2026-04-24
- Departamento
- Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-04-23
- Artículos
- 175
- Identificador BOE
- BOE-A-2026-8872
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
El artículo 47 de la Constitución Española consagra el derecho de toda la ciudadanía a disfrutar de una vivienda digna y adecuada y encomienda a los poderes públicos a promover las condiciones y normas pertinentes para hacer efectivo este derecho. Este mandato subraya la trascendencia de la vivienda como condición previa para el goce de otros derechos fundamentales, como la integridad física y moral, la protección de la salud y el derecho a un medio ambiente adecuado, así como la libertad de empresa y el derecho de propiedad, modulados ambos por su función social y el interés general.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto, régimen jurídico y ámbito territorial de aplicación.
- Artículo 2. Objetivos del Plan.
- Artículo 3. Actuaciones objeto de subvención y líneas de financiación.
- Artículo 4. Convenios del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana con las comunidades autónomas y con las ciudades de Ceuta y Melilla.
- Artículo 5. Gestión, tramitación y resolución de concesión de las ayudas.
- Artículo 6. Financiación del Plan.
- Artículo 7. Distribución de la financiación entre las líneas del Plan.
- Artículo 8. Personas beneficiarias.
- Artículo 9. Entidades colaboradoras y proveedoras sociales de vivienda.
- Artículo 10. Agentes y gestores de la rehabilitación.
- Artículo 11. Coordinación y cooperación con líneas de ayuda o programas establecidos por las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.
- Artículo 12. Industrialización avanzada en la construcción de viviendas.
- Artículo 13. Calidad de la arquitectura.
- Artículo 14. Objeto de la ayuda.
- Artículo 15. Requisitos de las viviendas.
- Artículo 16. Personas beneficiarias.
- Artículo 17. Acceso a la ayuda.
- Artículo 18. Gestión.
- Artículo 19. Cuantía de la ayuda.
- Artículo 20. Limitación del precio del alquiler o de la cesión en uso.
- Artículo 21. Pago de la ayuda.
- Artículo 22. Personas arrendatarias y cesionarias.
- Artículo 23. Objeto de la ayuda.
- Artículo 24. Requisitos de las viviendas.
- Artículo 25. Personas beneficiarias.
- Artículo 26. Acceso a la ayuda.
- Artículo 27. Gestión.
- Artículo 28. Cuantía de la ayuda.
- Artículo 29. Limitación del precio del alquiler o de la cesión en uso.
- Artículo 30. Pago de la ayuda.
- Artículo 31. Plazo de ejecución de las actuaciones.
- Artículo 32. Personas arrendatarias y cesionarias.
- Artículo 33. Objeto de la ayuda.
- Artículo 34. Requisitos de las viviendas.
- Artículo 35. Personas beneficiarias.
- Artículo 36. Acceso a la ayuda.
- Artículo 37. Gestión.
- Artículo 38. Cuantía de la ayuda.
- Artículo 39. Limitación del precio del alquiler o de la cesión en uso.
- Artículo 40. Pago de la ayuda.
- Artículo 41. Plazo de ejecución de las actuaciones y transmisión de la edificación.
- Artículo 42. Personas arrendatarias y cesionarias.
- Artículo 43. Objeto.
- Artículo 44. Requisitos de las viviendas.
- Artículo 45. Personas beneficiarias.
- Artículo 46. Acceso a la ayuda.
- Artículo 47. Gestión.
- Artículo 48. Cuantía de la ayuda.
- Artículo 49. Pago de la ayuda.
- Artículo 50. Objeto.
- Artículo 51. Requisitos de las viviendas.
- Artículo 52. Personas beneficiarias.
- Artículo 53. Acceso a la ayuda.
- Artículo 54. Gestión.
- Artículo 55. Cuantía de la ayuda.
- Artículo 56. Limitación del precio del alquiler o de la cesión en uso.
- Artículo 57. Pago de la ayuda.
- Artículo 58. Plazo de ejecución de las actuaciones y transmisión de la edificación.
- Artículo 59. Personas adquirentes, arrendatarias y cesionarias.
- Artículo 60. Objeto.
- Artículo 61. Requisitos de las viviendas, alojamientos o soluciones residenciales.
- Artículo 62. Personas beneficiarias.
- Artículo 63. Acceso a la ayuda.
- Artículo 64. Gestión.
- Artículo 65. Cuantía de la ayuda.
- Artículo 66. Limitación del precio del alquiler o de la cesión en uso.
- Artículo 67. Pago de la ayuda.
- Artículo 68. Plazo de ejecución de las actuaciones y transmisión de la edificación.
- Artículo 69. Personas arrendatarias y cesionarias.
- Artículo 70. Objeto de la ayuda.
- Artículo 71. Plazo de la cesión.
- Artículo 72. Personas beneficiarias.
- Artículo 73. Acuerdo de cesión.
- Artículo 74. Gestión y precio del alquiler.
- Artículo 75. Cuantía de la ayuda.
- Artículo 76. Acceso a la ayuda.
- Artículo 77. Personas arrendatarias.
- Artículo 78. Objeto de la ayuda.
- Artículo 79. Requisito de existencia de reserva de suelo para viviendas sujetas a algún régimen de protección pública.
- Artículo 80. Personas beneficiarias.
- Artículo 81. Acceso a la ayuda.
- Artículo 82. Gestión.
- Artículo 83. Cuantía de la ayuda.
- Artículo 84. Pago de la ayuda a la beneficiaria.
- Artículo 85. Plazo de ejecución de las obras de urbanización.
- Artículo 86. Objeto de la ayuda.
- Artículo 87. Delimitación de las áreas de regeneración y renovación urbana o rural.
- Artículo 88. Acuerdo para la gestión de áreas de regeneración y renovación urbana o rural.
- Artículo 89. Personas beneficiarias.
- Artículo 90. Actuaciones subvencionables.
- Artículo 91. Cuantía de la ayuda.
- Artículo 92. Acceso a la ayuda.
- Artículo 93. Abono de la ayuda.
- Artículo 94. Plazo para la ejecución de las actuaciones.
- Artículo 95. Objeto de la ayuda.
- Artículo 96. Personas beneficiarias.
- Artículo 97. Requisitos de los edificios, incluidas viviendas unifamiliares, objeto de las actuaciones.
- Artículo 98. Actuaciones subvencionables.
- Artículo 99. Cuantía de las ayudas.
- Artículo 100. Acceso a la ayuda.
- Artículo 101. Compatibilidad de la ayuda.
- Artículo 102. Abono de la ayuda.
- Artículo 103. Plazo para la ejecución de las actuaciones.
- Artículo 104. Objeto de la ayuda.
- Artículo 105. Personas beneficiarias.
- Artículo 106. Requisitos de las viviendas objeto de la actuación.
- Artículo 107. Actuaciones subvencionables.
- Artículo 108. Cuantía de las ayudas.
- Artículo 109. Acceso a las ayudas.
- Artículo 110. Compatibilidad de las ayudas.
- Artículo 111. Abono de las ayudas.
- Artículo 112. Plazo para la ejecución de las actuaciones.
- Artículo 113. Régimen jurídico.
- Artículo 114. Régimen jurídico y carácter adicional de la ayuda.
- Artículo 115. Objeto de la ayuda.
- Artículo 116. Personas beneficiarias.
- Artículo 117. Modificación del límite de ingresos de la unidad de convivencia y de la renta máxima mensual.
- Artículo 118. Compatibilidad de la ayuda.
- Artículo 119. Cuantía de la ayuda.
- Artículo 120. Plazo de la ayuda.
Normas a las que afecta (4)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 326/2026?
- Real Decreto 326/2026 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-23.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 326/2026?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.