Artículo 93. Abono de la ayuda.
Artículo 93 del Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030. · BOE-A-2026-8872
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-24.
Texto consolidado
Con carácter previo a la percepción de la ayuda, ya sea en forma de anticipos, pagos a cuenta o en su totalidad, la beneficiaria deberá aportar:
a) La primera licencia urbanística, autorización municipal análoga o declaración responsable que sea precisa para ejecutar la correspondiente actuación, ya sea de demolición, urbanización, rehabilitación u obra nueva.
b) Certificado de inicio de la obra correspondiente a dicha licencia urbanística, autorización municipal análoga o declaración responsable.