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Real Decreto 1424/1997, de 15 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de evaluaciones, clasificaciones y ascensos del personal de la Guardia Civil.

BOE-A-1997-20259 · Boletín Oficial del Estado, 1997-09-23 · Ministerio de Defensa

Real Decreto 1424/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-12.

Resumen

El Real Decreto 1424/1997 regula el sistema de evaluaciones, clasificaciones y ascensos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil. Esta norma es aplicable a todos los miembros de la Guardia Civil desde su entrada en vigor el 16 de septiembre de 1997.

Entre los puntos clave, establece que las evaluaciones son necesarias para determinar la aptitud para el ascenso, la selección de asistentes a cursos de capacitación y la asignación de mandos. Los ascensos se realizarán siempre que se cumplan las condiciones generales y particulares establecidas, y se basarán en principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y capacidad. Además, se derogan varias normas anteriores que regulaban estos aspectos, unificando así la normativa en un solo reglamento. Por último, se prevé que el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior desarrollen las normas objetivas de valoración en un plazo de un año desde la entrada en vigor del decreto.

Esta norma no está derogada.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 1424/1997
Fecha de la disposición
1997-09-15
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 228, 1997-09-23
Entrada en vigor
1997-09-24
Departamento
Ministerio de Defensa
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2026-03-12
Artículos
47
Identificador BOE
BOE-A-1997-20259
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La Ley 28/1994, de 18 de octubre, por la que se completa el régimen del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, dispone en su artículo 1 que el régimen del personal del Cuerpo de la Guardia Civil es el establecido en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; en la Ley 17/1989, de 19 de julio, Reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional; en la Ley Orgánica 11/1991, de 17 de junio, del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, y en la propia Ley 28/1994.

La citada Ley 28/1994 dedica el artículo 7 a los ascensos de la Escala Básica de Cabos y Guardias, la disposición adicional segunda equipara las Escalas Ejecutiva y de Suboficiales a las Escalas Medias y Básicas de los Cuerpos Militares respectivamente y la disposición transitoria sexta al régimen transitorio general.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (13)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 1424/1997?
Real Decreto 1424/1997 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-12.
¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1424/1997?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1424/1997?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.