El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 2. Finalidad de las evaluaciones.

Artículo 2 del Real Decreto 1424/1997, de 15 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de evaluaciones, clasificaciones y ascensos del personal de la Guardia Civil. · BOE-A-1997-20259

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-09-24.

Texto consolidado

Los componentes del Cuerpo de la Guardia Civil serán evaluados para determinar:

a) La aptitud para el ascenso al empleo superior, excepto para los ascensos a Cabo y Cabo 1.º, que se regirá por lo establecido en el artículo 28 del presente Reglamento.

b) La selección de un número limitado de asistentes a determinados cursos de capacitación.

c) La asignación de mandos y otros destinos de especial responsabilidad o cualificación.

d) La insuficiencia de facultades profesionales.

e) La insuficiencia de condiciones psicofísicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-09-24.

Más artículos de Real Decreto 1424/1997

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1424/1997 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.