Orden de 2 de junio de 1999 por la que se establecen las normas para la evaluación y clasificación del personal de la Guardia Civil.
BOE-A-1999-12697 · Boletín Oficial del Estado, 1999-06-08 · Ministerio de la Presidencia
BOE-A-1999-12697 está derogada desde el 2019-03-28: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Orden
- Fecha de la disposición
- 1999-06-02
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 136, 1999-06-08
- Entrada en vigor
- 1999-06-09
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2019-03-28
- Consolidado actualizado
- 2026-03-16
- Artículos
- 19
- Identificador BOE
- BOE-A-1999-12697
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 1424/1997, de 15 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Evaluaciones, Clasificaciones y Ascensos del personal de la Guardia Civil, establece en su disposición final primera que el Ministro de Defensa, conjuntamente con el Ministro del Interior, a propuesta del Director General de la Guardia Civil, determinarán las normas objetivas de valoración, a las que se dará la debida publicidad, así como los méritos y aptitudes que con carácter general deberán considerar los órganos de evaluación que se establecen en el artículo 8 del citado Reglamento.
En su virtud, haciendo uso de la autorización concedida y a propuesta de los Ministros de Defensa y del Interior,
DISPONGO:
Índice del articulado
- Artículo 1. Definiciones.
- Artículo 2. Finalidad de la evaluación.
- Artículo 3. Documentación.
- Artículo 4. Criterios para la evaluación.
- Artículo 5. Elementos de valoración:
- Artículo 6. Ponderación de los elementos de valoración.
- Artículo 7. Informes personales a considerar por los órganos de evaluación.
- Artículo 8. En las evaluaciones para el ascenso por antigüedad.
- Artículo 9. En las evaluaciones para el ascenso por selección.
- Artículo 10. En las evaluaciones para el ascenso por elección.
- Artículo 11. En las evaluaciones para la asistencia a determinados cursos.
- Artículo 12. En las evaluaciones para la asignación de mandos y destinos.
- Artículo 13. En las evaluaciones para determinar la insuficiencia de facultades profesionales.
- Artículo 14. En las evaluaciones para determinar la insuficiencia de condiciones psicofísicas.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-1999-12697?
- BOE-A-1999-12697 está derogada desde el 2019-03-28: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-1999-12697?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-1999-12697?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.