Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Orden de 2 de junio de 1999 por la que se establecen las normas para la evaluación y clasificación del personal de la Guardia Civil. · BOE-A-1999-12697
Atención: BOE-A-1999-12697 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En un plazo máximo de tres años desde la entrada en vigor de la presente Orden se efectuarán las adaptaciones necesarias para que las documentaciones personales de los guardias civiles permitan obtener todos los datos que se precisan para la aplicación de las presentes normas.
Durante dicho plazo se tendrán en cuenta los datos obtenidos sobre destinos, cursos, calificaciones y otros elementos de valoración, por aplicación de la normativa hasta ahora vigente.