Real Decreto 1337/2011, de 3 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas.
BOE-A-2011-15568 · Boletín Oficial del Estado, 2011-10-04 · Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Real Decreto 1337/2011 está derogada desde el 2017-06-01: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1337/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-10-03
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 239, 2011-10-04
- Entrada en vigor
- 2011-10-04
- Departamento
- Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2017-06-01
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 35
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-15568
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Con motivo de la integración de las disposiciones comunitarias específicas del sector de frutas y hortalizas dentro del Reglamento (CE) n.º 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM), ha sido derogado el Reglamento (CE) n.º 1580/2007, de la Comisión, de 21 de diciembre de 2007, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos (CE) n.º 2200/96, (CE) n.º 2201/96 y (CE) n.º 1182/2007 del Consejo en el sector de las frutas y hortalizas.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Cálculo.
- Artículo 3. Período de referencia.
- Artículo 4. Gestión.
- Artículo 5. Constitución y financiación.
- Artículo 6. Información y documentación a presentar anualmente.
- Artículo 7. Presentación.
- Artículo 8. Formato y contenido.
- Artículo 9. Medidas de prevención y gestión de crisis.
- Artículo 10. Financiación de retiradas y de operaciones de cosecha en verde y no cosecha.
- Artículo 11. Costes específicos recogidos en el apartado 1 del anexo IX del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 543/2011.
- Artículo 12. Costes de transporte externos adicionales.
- Artículo 13. Modificaciones de los programas operativos relativas a anualidades no comenzadas.
- Artículo 14. Modificaciones de los programas operativos durante la anualidad en curso.
- Artículo 15. Decisión sobre las modificaciones de los programas operativos recogidas en los artículos 13 y 14.
- Artículo 16. Recuperación de la inversión o su valor residual realizadas en las instalaciones de miembros productores que causen baja en las organizaciones de productores.
- Artículo 17. Presentación.
- Artículo 18. Financiación.
- Artículo 19. Modificaciones de los programas.
- Artículo 20. Decisión por parte del órgano competente sobre los programas y sus modificaciones.
- Artículo 21. Solicitud de la ayuda en caso de programas operativos totales.
- Artículo 22. Solicitud de la ayuda en caso de programas operativos parciales.
- Artículo 23. Solicitudes de ayuda.
- Artículo 24. Cuenta justificativa.
- Artículo 25. Controles.
- Artículo 26. Programas operativos con acciones transnacionales.
- Artículo 27. Coordinación en la aprobación y control de los programas operativos y sus modificaciones.
- Disposición adicional única. Derogación del Reglamento (CE) n.º 1234/2007.
- Disposición transitoria primera. Programas operativos aprobados en virtud del Reglamento (CE) n.º 2200/96 del Consejo, de 28 de octubre, por el que se establece la organización …
- Disposición transitoria segunda. Fondos operativos 2011.
- Disposición transitoria tercera. Plazos de presentación en 2011.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo y modificación.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | el Reglamento 543/2011, de 7 de junio |
| Deroga | el Real Decreto 1302/2009, de 31 de julio |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1337/2011?
- Real Decreto 1337/2011 está derogada desde el 2017-06-01: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1337/2011?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1337/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.