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Real Decreto Derogada

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

Disposición final tercera del Real Decreto 1337/2011, de 3 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas. · BOE-A-2011-15568

Atención: Real Decreto 1337/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y se aplicará a partir de la anualidad 2012 de los programas y fondos operativos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-10-04.

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