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Real Decreto Derogada

Artículo 5. Constitución y financiación.

Artículo 5 del Real Decreto 1337/2011, de 3 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas. · BOE-A-2011-15568

Atención: Real Decreto 1337/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 53 del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 543/2011, la constitución de los fondos operativos, así como su forma de financiación deberán ser aprobadas por la asamblea general de la entidad, o de la sección si dicha entidad está organizada en secciones, o por un órgano equivalente, según la personalidad jurídica de la organización de productores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-10-04.

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