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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Artículo 21. Solicitud de la ayuda en caso de programas operativos totales.

Artículo 21 del Real Decreto 1337/2011, de 3 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas. · BOE-A-2011-15568

Atención: Real Decreto 1337/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. En los programas operativos totales de las asociaciones de organizaciones de productores, dicha asociación presentará una solicitud ante el órgano competente donde radique la sede social de la misma.

2. Las asociaciones de organizaciones de productores serán quienes deban presentar la cuenta justificativa correspondiente mencionada en el artículo 24.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-11-23.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2014-12102.

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