Real Decreto 1231/2001, de 8 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Enfermería de España, del Consejo General y de Ordenación de la actividad profesional de enfermería.
BOE-A-2001-20934 · Boletín Oficial del Estado, 2001-11-09 · Ministerio de Sanidad y Consumo
Real Decreto 1231/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1231/2001
- Fecha de la disposición
- 2001-11-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 269, 2001-11-09
- Entrada en vigor
- 2001-11-10
- Departamento
- Ministerio de Sanidad y Consumo
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 66
- Identificador BOE
- BOE-A-2001-20934
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Consejo General de Colegios de Diplomados en Enfermería ha remitido al Ministerio de Sanidad y Consumo los nuevos Estatutos Generales de la Organización Colegial, del Consejo General y de la profesión de Enfermería, a efectos de su aprobación por el Gobierno conforme a lo previsto en los apartados 2 y 5 del artículo 6 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales.
Verificada la adecuación a la legalidad de los nuevos Estatutos procede su aprobación a través de este Real Decreto, en cuya tramitación han sido oídas las corporaciones profesionales afectadas y las Consejerías correspondientes de las Comunidades Autónomas.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Sanidad y Consumo, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de noviembre de 2001,
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación de los Estatutos.
- Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Naturaleza de los Colegios Profesionales de Enfermería.
- Artículo 2. Fines de los Colegios Profesionales de Enfermería.
- Artículo 3. Ámbito funcional.
- Artículo 4. Normas sobre honorarios profesionales.
- Artículo 5. Habilitación profesional.
- Artículo 6. Adquisición de la condición de colegiado.
- Artículo 7. Colegiación.
- Artículo 8. Pérdida de la condición de colegiado.
- Artículo 9. Derechos de los colegiados.
- Artículo 10. Deberes de los colegiados.
- Artículo 11. Organización de los Colegios Oficiales de Enfermería.
- Artículo 12. Ámbito territorial.
- Artículo 13. Consejos Autonómicos.
- Artículo 14. Defensa de las funciones colegiales.
- Artículo 15. Ejecutividad e impugnabilidad de acuerdos colegiales.
- Artículo 16. Nulidad y anulabilidad.
- Artículo 17. Premios, recompensas y condecoraciones.
- Artículo 18. Régimen disciplinario.
- Artículo 19. Faltas.
- Artículo 20. Sanciones.
- Artículo 21. Procedimiento disciplinario.
- Artículo 22. Régimen económico y financiero.
- Artículo 23. Naturaleza jurídica del Consejo General.
- Artículo 24. Funciones del Consejo General.
- Artículo 25. Órganos colegiados y órganos unipersonales.
- Artículo 26. La Asamblea General.
- Artículo 27. El Pleno.
- Artículo 28. Régimen de elección de los miembros del Pleno.
- Artículo 29. Procedimiento electoral.
- Artículo 30. Funciones del Pleno.
- Artículo 31. Régimen de funcionamiento del Pleno.
- Artículo 32. El Consejo Interautonómico.
- Artículo 33. Composición y funciones de la Comisión Ejecutiva.
- Artículo 34. Régimen de funcionamiento de la Comisión Ejecutiva.
- Artículo 35. Composición de la Comisión Permanente.
- Artículo 36. Funciones de la Comisión Permanente.
- Artículo 37. Régimen de los cargos.
- Artículo 38. El Presidente.
- Artículo 39. Los Vicepresidentes.
- Artículo 40. El Secretario General y el Vicesecretario general.
- Artículo 41. El Tesorero y el Vicetesorero.
- Artículo 42. Otros miembros del Pleno.
- Artículo 43. Los Vocales del Pleno.
- Artículo 44. Medios de gestión corporativa.
- Artículo 45. Aportaciones colegiales y otros ingresos del Consejo General.
- Artículo 46. Régimen económico del Consejo General.
- Artículo 47. Régimen disciplinario.
- Artículo 48. Ejecutividad de acuerdos y actas.
- Artículo 49. Régimen de impugnación de actos del Consejo General.
- Artículo 50. Fiestas y Patrón institucionales.
- Artículo 51. Colores y emblemas institucionales.
- Artículo 52. Ejercicio profesional y colegiación.
- Artículo 53. Misión de la enfermería.
- Artículo 54. Cuidados de enfermería.
- Artículo 55. Ejercicio liberal.
- Artículo 56. Ordenación de la actividad profesional hacia la excelencia de la práctica profesional.
- Artículo 57. Calidad sanitaria.
- Disposición adicional primera. Incidencia del régimen autonómico.
- Disposición adicional segunda. Adaptación de la estructura y del funcionamiento de los Colegios provinciales.
- Disposición adicional tercera. Resolución del Consejo General.
- Disposición transitoria primera. Cargos del Pleno del Consejo General.
- Disposición transitoria segunda. Agrupaciones o asociaciones de Colegios de una misma Comunidad Autónoma.
- Disposición transitoria tercera. Expedientes disciplinarios y recursos.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1231/2001?
- Real Decreto 1231/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1231/2001?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1231/2001?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.