Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales.
BOE-A-2015-13485 · Boletín Oficial del Estado, 2015-12-12 · Ministerio de Defensa
Real Decreto 1111/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula el régimen de adquisición y pérdida de la condición de militar, así como las situaciones administrativas de los militares profesionales en España. Se aplica a todo el personal militar profesional desde su entrada en vigor el 12 de diciembre de 2015.
Los puntos clave de este reglamento incluyen: 1) La adquisición de la condición de militar de carrera, que se produce al obtener el primer empleo tras superar el plan de estudios correspondiente; 2) La posibilidad de solicitar la renuncia a dicha condición, cumpliendo ciertos requisitos de tiempo de servicio; 3) La regulación de diversas situaciones administrativas, como el servicio activo, excedencias y suspensiones, que afectan a los derechos y deberes de los militares; y 4) La inclusión de medidas específicas para la protección de militares víctimas de violencia de género. Además, establece que el tiempo en situaciones administrativas puede ser computable para efectos de servicio y ascensos. Este Real Decreto deroga el anterior Reglamento de 1990 y otras disposiciones que contradigan su contenido.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1111/2015
- Fecha de la disposición
- 2015-12-11
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 297, 2015-12-12
- Entrada en vigor
- 2015-12-13
- Departamento
- Ministerio de Defensa
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 52
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-13485
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, establece en su capítulo VIl del título V las situaciones administrativas del militar profesional, actualizando las que figuraban en la anterior normativa que tenían su reflejo en la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, y en el Real Decreto 1385/1990, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de adquisición y pérdida de la condición de militar y de situaciones administrativas del personal militar profesional.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Reglamento.
- Disposición adicional única. Militares de Complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo.
- Disposición transitoria única. Expedientes y cursos de Altos Estudios de la Defensa Nacional y de la enseñanza militar de perfeccionamiento iniciados con anterioridad a la entra…
- Disposición derogatoria única. Derogaciones.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Desarrollo normativo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Tiempo de servicio y tiempo de servicios efectivos.
- Artículo 4. Adquisición de la condición de militar de carrera.
- Artículo 5. Pérdida de la condición de militar de carrera.
- Artículo 6. Retiro.
- Artículo 7. Adquisición de la condición de militar de complemento.
- Artículo 8. Resolución del compromiso.
- Artículo 9. Adquisición de la condición de militar de tropa y marinería.
- Artículo 10. Finalización y resolución del compromiso de los militares de tropa y marinería con una relación de servicios profesionales de carácter temporal.
- Artículo 11. Resolución del compromiso inicial.
- Artículo 12. Situaciones administrativas.
- Artículo 13. Publicidad y anotación en la hoja de servicios.
- Artículo 14. Cambios de situación administrativa.
- Artículo 15. Incompatibilidades.
- Artículo 16. Situación de servicio activo.
- Artículo 17. Puestos orgánicos relacionados con la seguridad y defensa.
- Artículo 18. Situación de servicios especiales.
- Artículo 19. Declaración de la situación de servicios especiales.
- Artículo 20. Misiones internacionales.
- Artículo 21. Consideración de candidato.
- Artículo 22. Programas específicos de interés para la defensa.
- Artículo 23. Finalización de la situación de servicios especiales.
- Artículo 24. Modalidades de la situación de excedencia.
- Artículo 25. Declaración de la situación de excedencia.
- Artículo 26. Excedencia por prestación de servicios en el sector público.
- Artículo 27. Excedencia voluntaria por interés particular.
- Artículo 28. Excedencia voluntaria por agrupación familiar.
- Artículo 29. Excedencia por cuidado de familiares.
- Artículo 30. Excedencia por razón de violencia de género o de violencia sexual.
- Artículo 31. Situación de suspensión de funciones.
- Artículo 32. Declaración y cese en la situación de suspensión de funciones.
- Artículo 33. Coincidencia de suspensión de funciones y finalización de compromiso.
- Artículo 34. Situación de suspensión de empleo.
- Artículo 35. Coincidencia de suspensión de empleo y finalización de compromiso.
- Artículo 36. Situación de servicio en la Administración civil.
- Artículo 37. Situación de reserva.
- Artículo 38. Pase a la situación de reserva con carácter voluntario en los cupos autorizados.
- Artículo 39. Declaración del pase a la situación de reserva.
- Artículo 40. Condición de prisionero o desaparecido.
- Artículo 41. Procedimiento administrativo.
- Artículo 42. Situaciones administrativas en la condición de prisionero o desaparecido.
- Artículo 43. Ascensos en la condición de prisionero o desaparecido.
- Artículo 44. Derechos económicos.
- Artículo 45. Recursos.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1111/2015?
- Real Decreto 1111/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1111/2015?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1111/2015?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.