Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
BOE-A-2014-12652 · Boletín Oficial del Estado, 2014-12-05 · Jefatura del Estado
Ley Orgánica 8/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley Orgánica 8/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-12-04
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 294, 2014-12-05
- Entrada en vigor
- 2015-03-05
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 92
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-12652
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Responsabilidad civil, penal y disciplinaria judicial.
- Artículo 4. Tramitación de procedimiento penal por los mismos hechos.
- Artículo 5. Las faltas disciplinarias y sus consecuencias.
- Artículo 6. Faltas leves.
- Artículo 7. Faltas graves.
- Artículo 8. Faltas muy graves.
- Artículo 9. Personas responsables de las faltas disciplinarias.
- Artículo 10. Reiteración.
- Artículo 11. Sanciones disciplinarias.
- Artículo 12. Reprensión.
- Artículo 13. Privación de salida.
- Artículo 14. Sanción económica.
- Artículo 15. Arresto por falta leve.
- Artículo 16. Arresto por falta grave y muy grave.
- Artículo 17. Pérdida de destino.
- Artículo 18. Baja en el centro docente militar de formación.
- Artículo 19. Suspensión de empleo.
- Artículo 20. Separación del servicio.
- Artículo 21. Resolución de compromiso.
- Artículo 22. Criterios de graduación de las sanciones.
- Artículo 23. Causas de extinción.
- Artículo 24. Prescripción de faltas.
- Artículo 25. Prescripción de sanciones.
- Artículo 26. Autoridades y mandos con potestad disciplinaria.
- Artículo 27. Potestad disciplinaria a bordo de los buques de guerra.
- Artículo 28. Potestad disciplinaria sobre los miembros del Cuerpo Jurídico Militar que ejerzan funciones judiciales o fiscales.
- Artículo 29. Potestad disciplinaria sobre los miembros del Cuerpo Militar de Intervención que ejerzan funciones interventoras.
- Artículo 30. Deber de corrección.
- Artículo 31. Medidas cautelares.
- Artículo 32. Competencia de autoridades y mandos.
- Artículo 33. Competencia sancionadora sobre los alumnos de los centros docentes militares de formación.
- Artículo 34. Competencia sancionadora sobre los reservistas.
- Artículo 35. Competencia sancionadora sobre el personal en supuestos especiales.
- Artículo 36. Ámbito personal de aplicación.
- Artículo 37. Ámbito temporal.
- Artículo 38. Potestad disciplinaria.
- Artículo 39. Competencia sancionadora.
- Artículo 40. Cumplimiento de la sanción.
- Artículo 41. Principios generales del procedimiento.
- Artículo 42. Parte disciplinario.
- Artículo 43. Notificación y comunicación de la resolución.
- Artículo 44. Infracción de mayor gravedad.
- Artículo 45. Cómputo de plazos.
- Artículo 46. Tramitación.
- Artículo 47. Resolución sancionadora.
- Artículo 48. Orden de incoación, ordenación y plazo de tramitación.
- Artículo 49. Instructor y secretario.
- Artículo 50. Derechos de defensa.
- Artículo 51. Medidas provisionales.
- Artículo 52. Comunicaciones, impulso y tramitación.
- Artículo 53. Notificaciones.
- Artículo 54. Audiencia del expedientado y acuerdo de inicio.
- Artículo 55. Prueba.
- Artículo 56. Propuesta de resolución.
- Artículo 57. Terminación del procedimiento sin responsabilidad y otros supuestos.
- Artículo 58. Diligencias complementarias.
- Artículo 59. Resolución.
- Artículo 60. Ejecutividad de las sanciones.
- Artículo 61. Otros efectos del arresto.
- Artículo 62. Concurrencia de sanciones.
- Artículo 63. Suspensión o inejecución de sanciones.
- Artículo 64. Anotación.
- Artículo 65. Cancelación.
- Artículo 66. Procedimiento de cancelación.
- Artículo 67. Efectos de la cancelación.
- Artículo 68. Recursos.
- Artículo 69. Recurso de alzada.
- Artículo 70. Recurso de reposición.
- Artículo 71. Resolución del recurso.
- Artículo 72. Suspensión.
- Artículo 73. Recurso contencioso-disciplinario militar.
- Disposición adicional primera. Normas de aplicación supletoria.
- Disposición adicional segunda. Comunicación de resoluciones judiciales.
- Disposición adicional tercera. Colaboración del Registro Central de Penados.
- Disposición adicional cuarta. Medidas no disciplinarias a bordo de buques de guerra.
- Disposición adicional quinta. Aplicación del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas al personal de la Guardia Civil.
- Disposición transitoria primera. Faltas cometidas antes de la entrada en vigor de esta ley.
- Disposición transitoria segunda. Revisión de sanciones no cumplidas.
- Disposición transitoria tercera. Aplicación transitoria de la normativa vigente.
- Disposición derogatoria única. Derogaciones.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería.
- Disposición final quinta. Modificación de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil.
- Disposición final sexta. Modificación de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión.
- Disposición final séptima. Estadística disciplinaria.
- Disposición final octava. Título habilitante.
- Disposición final novena. Carácter de ley ordinaria.
- Disposición final décima. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (7)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley Orgánica 8/2014?
- Ley Orgánica 8/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley Orgánica 8/2014?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley Orgánica 8/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.