Artículo 43. Notificación y comunicación de la resolución.
Artículo 43 de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2014-12652
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-05.
Texto consolidado
La autoridad o mando que tenga competencia para sancionar notificará la resolución que haya adoptado al interesado y la comunicará por escrito a quien dio parte y, en su caso, a quien deba ordenar la anotación en la documentación del infractor.