Artículo 13. Publicidad y anotación en la hoja de servicios.
Artículo 13 del Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales. · BOE-A-2015-13485
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-01-30.
Texto consolidado
1. Cualquier cambio de situación administrativa deberá ser publicado en el “Boletín Oficial del Ministerio de Defensa”, excepto el pase a la situación de excedencia por razón de violencia de género o de violencia sexual y de ésta a cualquier otra.
2. Todo cambio de situación administrativa del militar será reflejado en su hoja de servicios.
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Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-1561.
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