Artículo 4. Adquisición de la condición de militar de carrera.
Artículo 4 del Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales. · BOE-A-2015-13485
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-12-13.
Texto consolidado
1. Los oficiales y suboficiales adquieren la condición de militares de carrera al obtener el primer empleo de su escala, una vez superado el plan de estudios correspondiente y obtenida la titulación exigida.
2. Los militares de tropa y marinería la adquieren cuando accedan a una prestación de servicios de carácter permanente, tal y como contempla el artículo 12 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería.
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