Ley Foral 16/1986, de 17 de noviembre, reguladora de las elecciones al Parlamento de Navarra.
BOE-A-1987-1255 · Boletín Oficial del Estado, 1987-01-20 · Comunidad Foral de Navarra
Ley Foral 16/1986 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
Resumen
Esta norma regula el proceso electoral para elegir a los miembros del Parlamento de Navarra. Aplica a todos los ciudadanos con derecho a voto en Navarra desde su promulgación el 17 de noviembre de 1986.
Entre los puntos clave, establece que el Parlamento de Navarra estará compuesto por 50 parlamentarios elegidos mediante sufragio universal, libre y secreto. Los ciudadanos que deseen presentarse como candidatos deben ser electores, aunque hay causas específicas de inelegibilidad, como ser miembros de la administración pública o del gobierno. También se regula la administración electoral, que incluye la Junta Electoral Central y las Juntas Electorales Provinciales, y se establece que las elecciones serán convocadas por un Decreto Foral del Presidente del Gobierno de Navarra. Además, se detallan las normas sobre la campaña electoral, los límites de gastos, y las subvenciones que recibirán los partidos políticos según los resultados obtenidos.
La Ley Foral 16/1986 no está derogada y sigue vigente, regulando así las elecciones al Parlamento de Navarra.
Datos clave
- Rango
- Ley Foral 16/1986
- Fecha de la disposición
- 1986-11-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 17, 1987-01-20
- Entrada en vigor
- 1986-12-11
- Departamento
- Comunidad Foral de Navarra
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 53
- Identificador BOE
- BOE-A-1987-1255
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral reguladora de las elecciones al Parlamento de Navarra.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Art. 1.
- Art. 2.
- Art. 3.
- Art. 4.
- Art. 5.
- Art. 6.
- Art. 7.
- Art. 8.
- Art. 9.
- Art. 10.
- Art. 11.
- Art. 12.
- Art. 13.
- Art. 14.
- Art. 15.
- Art. 16.
- Art. 17.
- Art. 18.
- Art. 19.
- Art. 20.
- Art. 21.
- Art. 22.
- Art. 23.
- Art. 24.
- Art. 25.
- Art. 26.
- Art. 27.
- Art. 28.
- Art. 29.
- Art. 30.
- Art. 31.
- Art. 32.
- Art. 33.
- Art. 34.
- Art. 35.
- Art. 36.
- Art. 37.
- Art. 38.
- Art. 39.
- Art. 40.
- Art. 41.
- Art. 42.
- Art. 43.
- Art. 44.
- Art. 45.
- Art. 46.
- Art. 47.
- Art. 48.
- Art. 49.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA
- DISPOSICIÓN FINAL
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. |
| De conformidad con | Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley Foral 16/1986?
- Ley Foral 16/1986 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley Foral 16/1986?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley Foral 16/1986?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.