Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda de la Ley Foral 16/1986, de 17 de noviembre, reguladora de las elecciones al Parlamento de Navarra. · BOE-A-1987-1255
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-12-11.
Texto consolidado
Los plazos a los que se refiere este Ley Foral serán improrrogables y se entenderán referidos siempre a días naturales.