Ley Foral 13/2021, de 30 de junio, de Fundaciones de Navarra.
BOE-A-2021-12827 · Boletín Oficial del Estado, 2021-07-30 · Comunidad Foral de Navarra
Ley Foral 13/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley Foral 13/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-06-30
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 181, 2021-07-30
- Entrada en vigor
- 2021-07-17
- Departamento
- Comunidad Foral de Navarra
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 74
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-12827
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de Fundaciones de Navarra.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Concepto y régimen jurídico.
- Artículo 4. Fines.
- Artículo 5. Personas destinatarias y personas beneficiarias.
- Artículo 6. Personalidad jurídica.
- Artículo 7. Denominación.
- Artículo 8. Domicilio.
- Artículo 9. Delegaciones fundaciones extranjeras.
- Artículo 10. Capacidad para fundar.
- Artículo 11. Modalidades de constitución.
- Artículo 12. Escritura pública de constitución.
- Artículo 13. Estatutos.
- Artículo 14. Fundaciones pendientes de inscripción.
- Artículo 15. Dotación inicial e incrementos posteriores.
- Artículo 16. Modificación del Documento Fundacional o de los estatutos.
- Artículo 17. Fusión de Fundaciones.
- Artículo 18. Escisión de Fundaciones.
- Artículo 19. Extinción de Fundaciones.
- Artículo 20. Liquidación y adjudicación del haber remanente.
- Artículo 21. Destino del patrimonio sobrante.
- Artículo 22. Patronato.
- Artículo 23. Composición del Patronato.
- Artículo 24. Las patronas y los patronos.
- Artículo 25. Aceptación y renuncia.
- Artículo 26. Responsabilidad de las patronas y los patronos.
- Artículo 27. Gratuidad del cargo.
- Artículo 28. Incompatibilidades.
- Artículo 29. Duración del cargo.
- Artículo 30. Cese y suspensión.
- Artículo 31. Provisión de vacantes y sustitución patronas y patronos.
- Artículo 32. Funciones del Presidente o de la Presidenta.
- Artículo 33. Funciones del Secretario o de la Secretaria.
- Artículo 34. Funciones del Vicepresidente o de la Vicepresidenta.
- Artículo 35. Funciones del Tesorero o de la Tesorera.
- Artículo 36. Facultades del Patronato.
- Artículo 37. Reuniones del Patronato.
- Artículo 38. Adopción de acuerdos.
- Artículo 39. Delegación y apoderamientos.
- Artículo 40. Órganos delegados.
- Artículo 41. Órganos de dirección, apoyo y colaboración.
- Artículo 42. Órganos consultivos.
- Artículo 43. Aplicación de los recursos de la fundación.
- Artículo 44. Selección de personas beneficiarias.
- Artículo 45. Patrimonio.
- Artículo 46. Obligaciones documentales.
- Artículo 47. Destino de rentas e ingresos.
- Artículo 48. Actividades económicas.
- Artículo 49. Contabilidad, auditoría y presupuestos.
- Artículo 50. Ejercicio Económico.
- Artículo 51. Objeto.
- Artículo 52. Naturaleza y adscripción.
- Artículo 53. Principios registrales.
- Artículo 54. Tramitación electrónica.
- Artículo 55. Relaciones con otros Registros de Fundaciones.
- Artículo 56. Colaboración con las oficinas notariales.
- Artículo 57. Funciones.
- Artículo 58. Actos inscribibles.
- Artículo 59. Publicidad registral.
- Artículo 60. Objeto y naturaleza.
- Artículo 61. Funciones del Protectorado.
- Artículo 62. Intervención temporal.
- Artículo 63. Autorizaciones.
- Artículo 64. Comunicaciones.
- Artículo 65. Recursos jurisdiccionales.
- Artículo 66. Asesoramiento a las fundaciones.
- Artículo 67. Definición y personalidad jurídica.
- Artículo 68. Régimen jurídico.
- Disposición transitoria primera. Asignación de oficio de Protectorado.
- Disposición transitoria segunda. Fundaciones inscritas.
- Disposición derogatoria única. Derogaciones normativas.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Remisiones normativas.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley Foral 13/2021?
- Ley Foral 13/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley Foral 13/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.