El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Vigente

Artículo 55. Relaciones con otros Registros de Fundaciones.

Artículo 55 de la Ley Foral 13/2021, de 30 de junio, de Fundaciones de Navarra. · BOE-A-2021-12827

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-17.

Texto consolidado

1. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra mantendrá las oportunas relaciones de coordinación, cooperación y colaboración con otras Administraciones públicas que sean titulares de Registros de Fundaciones, al objeto de evitar supuestos de doble inscripción.

2. Asimismo, y en el ejercicio de sus atribuciones, el Registro podrá solicitar la información o asistencia de los órganos y entidades de la Administración General del Estado o de las Comunidades Autónomas que ejerzan funciones de Registro y Protectorado, y promoverá la adopción de las medidas necesarias y la incorporación de las tecnologías precisas para posibilitar la interconexión del Registro de Fundaciones de Navarra con otros Registros de Fundaciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-07-17.

Más artículos de Ley Foral 13/2021

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 13/2021 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.