El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Vigente

Artículo 54. Tramitación electrónica.

Artículo 54 de la Ley Foral 13/2021, de 30 de junio, de Fundaciones de Navarra. · BOE-A-2021-12827

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-17.

Texto consolidado

1. El Registro de Fundaciones de Navarra facilitará la utilización de sistemas basados en las tecnologías de la información y las comunicaciones para la gestión de los procedimientos, la práctica de los asientos registrales, así como en sus relaciones con la ciudadanía y las propias fundaciones, y establecerá para ello un sistema de información, que se incorporará a la sede electrónica del Gobierno de Navarra, de conformidad con lo establecido en la legislación básica reguladora del procedimiento administrativo.

2. Dicha tramitación a través de medios telemáticos deberá respetar las limitaciones que a la utilización de tales medios establece la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-07-17.

Más artículos de Ley Foral 13/2021

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 13/2021 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.