Artículo 35. Funciones del Tesorero o de la Tesorera.
Artículo 35 de la Ley Foral 13/2021, de 30 de junio, de Fundaciones de Navarra. · BOE-A-2021-12827
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-17.
Texto consolidado
Los estatutos podrán prever la existencia de este cargo y las funciones del mismo, pero en todo caso el patrono o patrona que ejerza el mismo ejercerá las funciones siguientes:
a) Custodiar los fondos de la fundación y llevar su contabilidad.
b) Autorizar, junto con el Presidente o la Presidenta, la disposición de fondos.
c) Confeccionar el inventario, balance de situación, cuenta de resultados y memoria económica.
d) Cualquier otra facultad que normativa o estatutariamente le esté atribuida y aquellas que expresamente le sean delegadas.