Ley Foral 1/2011, de 15 de febrero, por la que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y se regula la organización, las funciones y el régimen del personal que configura los equipos y el órgano de valoración de la situación de dependencia en Navarra.
BOE-A-2011-4632 · Boletín Oficial del Estado, 2011-03-14 · Comunidad Foral de Navarra
Ley Foral 1/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley Foral 1/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-02-15
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 62, 2011-03-14
- Entrada en vigor
- 2011-03-01
- Departamento
- Comunidad Foral de Navarra
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 41
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-4632
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral por la que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y se regula la organización, las funciones y el régimen del personal que configura los equipos y el órgano de valoración de la situación de dependencia en Navarra.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Principios generales de la acción de valoración.
- Artículo 4. Funciones y composición.
- Artículo 5. Formación y evaluación.
- Artículo 6. Deberes del personal valorador en el ejercicio de sus funciones.
- Artículo 7. Abstención.
- Artículo 8. Acceso.
- Artículo 9. Inicio del procedimiento.
- Artículo 10. Solicitudes.
- Artículo 11. Lugar de presentación de las solicitudes.
- Artículo 12. Subsanación.
- Artículo 13. Informe social.
- Artículo 14. Valoración de la situación de dependencia.
- Artículo 15. Elaboración del Programa Individual de Atención.
- Artículo 16. Trámite de audiencia.
- Artículo 17. Propuesta de resolución del reconocimiento de persona en situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dep…
- Artículo 18. Resolución del reconocimiento de persona en situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
- Artículo 19. Efectividad del Programa Individual de Atención.
- Artículo 20. Recursos.
- Artículo 21. Revisión de la situación de dependencia y de las prestaciones del sistema.
- Artículo 22. Revisión de la situación de dependencia.
- Artículo 23. Revisión del Programa Individual de Atención.
- Artículo 24. Extinción del derecho a la prestación.
- Artículo 25. Efectividad de las revisiones y extinciones.
- Artículo 26. Seguimiento de prestaciones económicas y servicios.
- Disposición adicional primera. Reconocimiento de las situaciones de necesidad de concurso de otra persona.
- Disposición adicional segunda. Reconocimiento de la situación de dependencia de personas que se hallen en centros de la red pública o concertada de la Comunidad Foral de Navarra.
- Disposición adicional tercera. Procedimientos de reconocimiento de la situación de dependencia iniciados en otras Comunidades o Ciudades Autónomas.
- Disposición adicional cuarta. Igualdad de género.
- Disposición adicional quinta. Procedimientos por medios electrónicos.
- Disposición adicional sexta. Coordinación entre valoraciones de dependencia y discapacidad.
- Disposición adicional sexta [sic]. Cuantías del nivel mínimo de protección garantizado por el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
- Disposición transitoria primera. Reconocimiento de las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia para personas valoradas con Grado I-dependencia mod…
- Disposición transitoria segunda. Tramitación de las solicitudes anteriores a esta Ley Foral.
- Disposición transitoria tercera. Prioridad en el acceso.
- Disposición transitoria cuarta. Pago de las ayudas a la dependencia reconocidas.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Normativa de desarrollo y ejecución.
- Disposición final segunda. Atención a las personas con enfermedad mental grave.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. |
| De conformidad con | Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. |
| De conformidad con | Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley Foral 1/2011?
- Ley Foral 1/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley Foral 1/2011?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley Foral 1/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.