Ley 9/1991, de 8 de mayo, de carreteras de Canarias.
BOE-A-1991-16277 · Boletín Oficial del Estado, 1991-06-25 · Comunidad Autónoma de Canarias
Ley 9/1991 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
Resumen
La Ley 9/1991, de 8 de mayo, regula la planificación, construcción, conservación y explotación de las carreteras en Canarias. Esta norma es aplicable a todas las carreteras del archipiélago y establece un marco legal desde su promulgación en 1991.
Entre los puntos clave de la ley, se destaca la clasificación de las carreteras en regionales, insulares y municipales, según su titularidad. Además, se establece que el Gobierno de Canarias tiene la responsabilidad de coordinar y planificar la red viaria, así como de elaborar un Plan Regional de Carreteras que defina objetivos y prioridades. La ley también impone obligaciones en cuanto a la protección de las carreteras, prohibiendo la publicidad en sus tramos y estableciendo sanciones por infracciones que puedan afectar la seguridad vial. Asimismo, se establece que la explotación de las carreteras será gratuita y que los titulares deben facilitar áreas de servicio para los usuarios. La ley no está derogada y sigue vigente, aunque se prevé la creación de un reglamento de ejecución para su desarrollo.
Datos clave
- Rango
- Ley 9/1991
- Fecha de la disposición
- 1991-05-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 151, 1991-06-25
- Entrada en vigor
- 1991-06-04
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Canarias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-17
- Artículos
- 58
- Identificador BOE
- BOE-A-1991-16277
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Presidente del Gobierno:
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 11.7 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley: La promulgación de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, cuyo alcance se circunscribe a las carreteras estatales, y los efectos derogatorios que la misma produjo explícitamente con respecto a la antigua Ley 51/1974, de 19 de diciembre, de Carreteras, originó un cierto vacío legislativo en el plano de la administración de las carreteras no estatales, esto es, en el de la totalidad de las redes viadas de Canarias, habida cuenta de que en el Archipiélago todas las competencias en materia de carreteras pertenecen estatutariamente a la Comunidad Autónoma.
Índice del articulado
- Artículo 1.
- Artículo 2.
- Artículo 3.
- Artículo 4.
- Artículo 5.
- Artículo 6.
- Artículo 7.
- Artículo 8.
- Artículo 9.
- Artículo 10.
- Artículo 11.
- Artículo 12.
- Artículo 13.
- Artículo 14.
- Artículo 15.
- Artículo 16.
- Artículo 17.
- Artículo 18.
- Artículo 19.
- Artículo 20.
- Artículo 21.
- Artículo 22.
- Artículo 23.
- Artículo 24.
- Artículo 25.
- Artículo 26.
- Artículo 27.
- Artículo 28.
- Artículo 29.
- Artículo 30.
- Artículo 31.
- Artículo 32.
- Artículo 33.
- Artículo 34.
- Artículo 35.
- Artículo 36.
- Artículo 37.
- Artículo 38.
- Artículo 39.
- Artículo 40.
- Artículo 41
- Artículo 42.
- Artículo 43.
- Artículo 44.
- Artículo 45.
- Artículo 46.
- Artículo 47.
- Artículo 48.
- Artículo 49.
- Artículo 50.
- Artículo 51.
- Disposición adicional.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta
- Disposición transitoria quinta.
- Disposición final.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (11)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 9/1991?
- Ley 9/1991 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-17.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 9/1991?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 9/1991?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.