Disposición transitoria quinta.
Disposición transitoria quinta de la Ley 9/1991, de 8 de mayo, de carreteras de Canarias. · BOE-A-1991-16277
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-06-04.
Texto consolidado
En el plazo de dos años, el Gobierno de Canarias deberá presentar ante el Parlamento el Proyecto de Ley del Plan Regional de Carreteras.