Ley 7/2012, de 23 de noviembre, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
BOE-A-2012-14978 · Boletín Oficial del Estado, 2012-12-11 · Comunitat Valenciana
Ley 7/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 7/2012
- Fecha de la disposición
- 2012-11-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 297, 2012-12-11
- Entrada en vigor
- 2012-11-29
- Departamento
- Comunitat Valenciana
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 87
- Identificador BOE
- BOE-A-2012-14978
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos que Les Corts han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del rey, promulgo la siguiente Ley:
PREÁMBULO
La Constitución Española proclama en su artículo 1 la igualdad como valor superior del ordenamiento jurídico y establece en el artículo 14 la no discriminación por razón de sexo y en el artículo 15 que todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Concepto de la violencia sobre la mujer.
- Artículo 3. Manifestaciones de la violencia sobre la mujer
- Artículo 4. Ámbito de aplicación.
- Artículo 5. Concepto de víctima de violencia sobre la mujer.
- Artículo 6. Concepto de agresor.
- Artículo 7. Principios rectores de la ley.
- Artículo 8. Garantía de los derechos de las víctimas de violencia sobre la mujer.
- Artículo 9. Acreditación de la violencia sobre la mujer.
- Artículo 10. Derecho a la información.
- Artículo 11. Derecho a la protección efectiva.
- Artículo 12. Derecho a la atención integral y especializada.
- Artículo 13. Derecho a la asistencia jurídica gratuita.
- Artículo 14. Derecho a la asistencia sanitaria.
- Artículo 15. Derecho a la intimidad y privacidad.
- Artículo 16. Derecho a indemnización por causa de muerte:
- Artículo 16 bis. Derecho a indemnización por causa de gran invalidez o de incapacidad permanente absoluta.
- Artículo 16 ter. Derecho a indemnización por causa de muerte, gran invalidez, o incapacidad permanente absoluta como consecuencia de la defensa de una víctima de violencia de gé…
- Artículo 17. Derecho de acceso a una vivienda.
- Artículo 18. Derechos laborales.
- Artículo 19. Derechos de las empleadas públicas de la Administración de la Generalitat.
- Artículo 20. Derechos de los hijos e hijas de las víctimas.
- Artículo 21. Prevención de la violencia sobre la mujer.
- Artículo 22. Coeducación.
- Artículo 23. Currículos educativos.
- Artículo 24. Consejo Escolar Valenciano.
- Artículo 25. Escolarización.
- Artículo 26. Enseñanza universitaria.
- Artículo 27. Programa de reeducación a hombres con problemas de control de violencia sobre la mujer.
- Artículo 28. Acuerdos, convenios y negociación colectiva.
- Artículo 29. Pacto social de prevención de violencia sobre la mujer.
- Artículo 30. Acoso sexual hacia la mujer y acoso por razón del sexo.
- Artículo 31. Actuaciones de información sensibilización social.
- Artículo 32. Otras actuaciones de la administración: apoyo a asociaciones, fundaciones y otras instituciones.
- Artículo 33. Actuación sobre la publicidad.
- Artículo 34. Actuación sobre los medios de comunicación.
- Artículo 35. Actuación en el ámbito laboral.
- Artículo 36. Investigación en materia de violencia sobre la mujer.
- Artículo 37. Formación en materia de violencia sobre la mujer.
- Artículo 38. Intervención, coordinación y comunicación.
- Artículo 39. Intervención administrativa en materia de menores.
- Artículo 40. Situaciones de violencia sobre la mujer en las aulas.
- Artículo 41. Otras ayudas en el ámbito de la educación.
- Artículo 42. Detección y asistencia.
- Artículo 43. Protocolo común de actuación sanitaria ante la violencia sobre la mujer.
- Artículo 44. Ayudas y subvenciones en el ámbito laboral.
- Artículo 45. La seguridad en la tramitación de los procedimientos judiciales.
- Artículo 46. Información a la víctima.
- Artículo 47. Territorialización y especialización de los juzgados de violencia sobre la mujer y otros servicios de la administración de justicia.
- Artículo 48. Asesoramiento y asistencia jurídica gratuita.
- Artículo 49. Acuerdos de cooperación y colaboración con las corporaciones locales.
- Artículo 50. Planes locales de seguridad.
- Artículo 51. Análisis y evaluación permanente.
- Artículo 52. Participación.
- Artículo 53. Coordinación.
- Artículo 53 bis.
- Artículo 54. Asistencia psicosocial.
- Artículo 55. Fondo de emergencias.
- Artículo 55 bis.
- Artículo 56. Acompañamiento a la víctima.
- Artículo 57. Acceso a la vivienda.
- Artículo 58. Personación de la Generalitat.
- Artículo 59. La Red de la Generalitat de Asistencia Social Integral a las Víctimas de Violencia sobre la Mujer.
- Artículo 60. Otros servicios de información y atención a la mujer.
- Artículo 61. Puntos de encuentro familiar
- Artículo 62. Servicio de atención telefónica permanente.
- Artículo 63. Oficinas de atención a las víctimas del delito (OAVD).
- Artículo 64. Centros Mujer.
- Artículo 65. Sistema de protección.
- Artículo 66. Centros de emergencia.
- Artículo 67. Centros de recuperación integral.
- Artículo 68. Viviendas tuteladas.
- Artículo 69. Desarrollo reglamentario.
- Artículo 70. Competencia de la administración de la Generalitat.
- Artículo 71. Acuerdos de colaboración.
- Artículo 72. Coordinación y colaboración entre administraciones.
- Artículo 73. Protocolos de actuación.
- Artículo 74. Comisión Interdepartamental para Combatir la Violencia de Género en la Comunitat Valenciana.
- Artículo 75. El Foro de la Comunitat Valenciana contra la Violencia de Género y Personas Dependientes en el Ámbito de la Familia.
- Disposición adicional primera. Evaluación de las medidas.
- Disposición adicional segunda. Modificación de la denominación del Foro.
- Disposición adicional tercera. Títulos de transporte.
- Disposición adicional (nueva). Modificación del artículo 35 de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenci…
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación reglamentaria.
- Disposición final segunda. Dotación presupuestaria.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (6)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. |
| De conformidad con | Ley 9/2003, de 2 de abril, para la igualdad entre mujeres y hombres. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 7/2012?
- Ley 7/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 7/2012?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 7/2012?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.