Artículo 61. Puntos de encuentro familiar
Artículo 61 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2012-14978
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-11-29.
Texto consolidado
Asimismo, la Generalitat, a través del departamento competente, impulsará en los puntos de encuentro familiar protocolos de actuación específicos para situaciones de violencia sobre la mujer, de acuerdo con la Ley 13/2008, de 8 de octubre, de la Generalitat, Reguladora de los Puntos de Encuentro Familiar de la Comunitat Valenciana.