Ley 3/2009, de 23 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
BOE-A-2009-11565 · Boletín Oficial del Estado, 2009-07-13 · Comunidad Autónoma de La Rioja
Ley 3/2009 está derogada desde el 2023-04-26: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 3/2009
- Fecha de la disposición
- 2009-06-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 168, 2009-07-13
- Entrada en vigor
- 2009-07-02
- Departamento
- Comunidad Autónoma de La Rioja
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2023-04-26
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 64
- Identificador BOE
- BOE-A-2009-11565
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con el que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Objetivos de la ley.
- Artículo 4. Principios generales de actuación.
- Artículo 5. Derechos de los ciudadanos y de los agentes del Sistema Riojano de Innovación.
- Artículo 6. Deberes de los agentes del Sistema Riojano de Innovación.
- Artículo 7. Las Personas del Sistema Riojano de Innovación.
- Artículo 8. Fomento, detección y captación del talento investigador.
- Artículo 9. Formación de las personas del Sistema Riojano de Innovación e incorporación al sector empresarial.
- Artículo 10. Valoración y reconocimiento de la actividad investigadora.
- Artículo 11. Los investigadores del ámbito del sector público riojano.
- Artículo 12. Organización en red del Sistema Riojano de Innovación.
- Artículo 13. La Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Artículo 14. Comisión Interdepartamental de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación.
- Artículo 15. El Consejo Riojano de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación.
- Artículo 16. La Consejería competente en materia de I+D+I.
- Artículo 17. La Fundación Riojana para la Innovación.
- Artículo 18. La Red de Centros y Organismos de Investigación.
- Artículo 19. La Red de Agrupaciones de Empresas Innovadoras.
- Artículo 20. Red Riojana de Enlace Exterior y Transferencia de Tecnología, Conocimiento e Innovación.
- Artículo 21. El Observatorio y el Portal de la Innovación.
- Artículo 22. La Universidad.
- Artículo 23. Organismos públicos de investigación.
- Artículo 24. Centros e institutos de investigación.
- Artículo 25. Centros tecnológicos.
- Artículo 26. Sociedades científicas.
- Artículo 27. Empresas con actividades en investigación, desarrollo e innovación.
- Artículo 28. Otros agentes del Sistema Riojano de Innovación.
- Artículo 29. El Registro de Agentes del Sistema Riojano de Innovación y otros registros públicos.
- Artículo 30. Marca distintiva del Sistema Riojano de Innovación.
- Artículo 31. Estrategia autonómica en I+D+I.
- Artículo 32. Plan Riojano de Investigación, Desarrollo e Innovación.
- Artículo 33. Contenido general y estructura.
- Artículo 34. Objetivos del Plan Riojano de I+D+I.
- Artículo 35. Procedimiento de elaboración y aprobación.
- Artículo 36. Programas.
- Artículo 37. Vigencia, modificación y prórroga.
- Artículo 38. Gestión y coordinación del plan.
- Artículo 39. Ejecución del plan.
- Artículo 40. Seguimiento y evaluación de resultados.
- Artículo 41. Coordinación con los planes estatales y europeos.
- Artículo 42. Convenios.
- Artículo 43. Financiación del Plan Riojano de I+D+I.
- Artículo 44. Ayudas a la realización de proyectos en el marco del Plan Riojano de I+D+I.
- Artículo 45. El Plan Estratégico Riojano de Sensibilización.
- Artículo 46. Divulgación de los planes y programas de I+D+I.
- Artículo 47. Deber de colaboración y de comunicación de la existencia de resultados.
- Artículo 48. Fomento del aprovechamiento compartido de la innovación.
- Artículo 49. Ámbito local.
- Artículo 50. Fomento de la proyección internacional del Sistema Riojano de Innovación.
- Artículo 51. Principios que rigen la protección y transferencia de resultados.
- Artículo 52. Protección jurídica de los resultados.
- Artículo 53. Titularidad.
- Artículo 54. Inventario.
- Artículo 55. Méritos.
- Artículo 56. Incentivación especial.
- Disposición transitoria primera. Aprobación de planes autonómicos de investigación, desarrollo e innovación de La Rioja.
- Disposición transitoria segunda. Comisión Interdepartamental de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación.
- Disposición transitoria tercera. Consejo Riojano de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación.
- Disposición transitoria cuarta. Incorporación al Registro de Agentes del Sistema Riojano de Innovación y otros registros públicos.
- Disposición transitoria quinta.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Facultad de desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | el art. 29.1.d), por Ley 2/2020, de 30 de enero |
| Se deroga | Ley 8/2023, de 20 de abril, de la ciencia, la tecnología y la innovación de La Rioja. |
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de La Rioja. |
| Deroga | la Ley 3/1998, de 16 de marzo |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 3/2009?
- Ley 3/2009 está derogada desde el 2023-04-26: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 3/2009?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 3/2009?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.