Artículo 52. Protección jurídica de los resultados.
Artículo 52 de la Ley 3/2009, de 23 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. · BOE-A-2009-11565
Atención: Ley 3/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Comunidad Autónoma de La Rioja promoverá que los resultados de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación obtenidos por los agentes del Sistema Riojano de Innovación y las empresas en general sean debidamente protegidos, y en concreto:
a) Se apoyará la obtención de patentes respecto de los proyectos de investigación, informando de los beneficios de la protección de los resultados en materia de propiedad industrial e intelectual en favor de los agentes del Sistema de la Innovación.
b) Se fomentará la comercialización de la propiedad industrial a través de los agentes del Sistema Riojano de Innovación y de la empresa.
c) Se coordinarán Administración, Universidad y Empresa para el impulso de la protección de la propiedad industrial.