Artículo 48. Fomento del aprovechamiento compartido de la innovación.
Artículo 48 de la Ley 3/2009, de 23 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. · BOE-A-2009-11565
Atención: Ley 3/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Comunidad Autónoma de La Rioja fomentará el aprovechamiento compartido del conocimiento científico y la innovación tecnológica dentro del Sistema Riojano de Innovación, impulsando la cooperación, las alianzas y el trabajo en red entre los distintos agentes del sistema, apoyando el lanzamiento de nuevas empresas de base tecnológica, promoviendo la creación de plataformas de transferencia y aplicación del conocimiento científico y tecnológico, y apoyando la participación empresarial en el Sistema Riojano de Innovación
2. La Comunidad Autónoma de La Rioja facilitará y fomentará, dentro de sus competencias, el mecenazgo sobre las actividades de I+D+I desarrolladas en la Comunidad Autónoma de La Rioja.