El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 56. Incentivación especial.

Artículo 56 de la Ley 3/2009, de 23 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. · BOE-A-2009-11565

Atención: Ley 3/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El personal perteneciente o que desempeñe su actividad en los organismos, centros e instalaciones dependientes del sector público riojano y que, como consecuencia de la realización de actividades de investigación, desarrollo e innovación, haya obtenido un resultado protegido mediante un derecho de propiedad industrial cuya explotación, por medio de la concesión de licencias, reporte ingresos al titular, podrá recibir una incentivación especial. La cuantía de dicha incentivación consistirá en una cantidad equivalente a un porcentaje de los ingresos brutos percibidos por el titular de los derechos, en concepto de precio por las licencias concedidas sobre la invención.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-07-02.

Más artículos de Ley 3/2009

En El Vínculo puedes leer Ley 3/2009 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.