Artículo 36. Programas.
Artículo 36 de la Ley 3/2009, de 23 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. · BOE-A-2009-11565
Atención: Ley 3/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Con el objetivo de desarrollar la estrategia y los planes, o bien dar un impulso especial a aquellos sectores o áreas que intervienen directamente en el buen desarrollo de la I+D+I, el Gobierno de La Rioja podrá aprobar programas en materia de I+D+I.
Estos programas deberán señalar cuáles son sus objetivos y las medidas a llevar a cabo para conseguirlos; y también deberá justificarse su necesidad para dar cumplimiento a los objetivos marcados en materia de I+D+I en el ámbito de La Rioja.