Ley 8/2023, de 20 de abril, de la ciencia, la tecnología y la innovación de La Rioja.
BOE-A-2023-11338 · Boletín Oficial del Estado, 2023-05-13 · Comunidad Autónoma de La Rioja
Ley 8/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 8/2023
- Fecha de la disposición
- 2023-04-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 114, 2023-05-13
- Entrada en vigor
- 2023-04-26
- Departamento
- Comunidad Autónoma de La Rioja
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 52
- Identificador BOE
- BOE-A-2023-11338
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con lo que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Objetivos generales.
- Artículo 3. Principios.
- Artículo 4. Transversalidad de género.
- Artículo 5. Medidas para la igualdad efectiva.
- Artículo 6. Sistema Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 7. Universidad de La Rioja y otras instituciones académicas y de investigación.
- Artículo 8. Organismos públicos de investigación.
- Artículo 9. Centros e institutos de investigación.
- Artículo 10. Red de centros sanitarios y hospitales.
- Artículo 11. Centros tecnológicos.
- Artículo 12. Parques científico-tecnológicos.
- Artículo 13. Empresas.
- Artículo 14. Agrupaciones empresariales innovadoras y otras asociaciones que constituyen un sistema de valor.
- Artículo 15. Fundaciones y otras organizaciones de apoyo a la transferencia de conocimiento y de intermediación.
- Artículo 16. Grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de La Rioja.
- Artículo 17. Sector público de La Rioja.
- Artículo 18. Personal de la investigación del Sistema Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 19. Personal de la investigación de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de los organismos de investigación adscritos a ella.
- Artículo 20. Contratación de personal de la investigación de carácter laboral.
- Artículo 21. Personal de la investigación de la Universidad de La Rioja.
- Artículo 22. Otras disposiciones aplicables a los empleados públicos del Sistema Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 23. Captación, retorno y retención del talento del personal de la investigación.
- Artículo 24. Derechos de las entidades definidas como agentes del Sistema Riojano de Ciencia Tecnología e Innovación.
- Artículo 25. Deberes de las entidades definidas como agentes del Sistema Riojano de Ciencia Tecnología e Innovación.
- Artículo 26. Registro de Agentes del Sistema Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 27. Órganos competentes del Sistema Riojano de Ciencia Tecnología e Innovación.
- Artículo 28. Consejería competente en materia de ciencia, tecnología e innovación.
- Artículo 29. Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 30. Consejo Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 31. Estrategia Riojana de Especialización Inteligente.
- Artículo 32. Plan Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 33. Procedimiento de elaboración y aprobación del Plan Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 34. Contenido básico del Plan Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 35. Implantación, seguimiento y evaluación del Plan Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 36. Financiación pública y privada de la I+D+I.
- Artículo 37. Financiación pública.
- Artículo 38. Objetivos de financiación pública en ciencia, tecnología e innovación.
- Artículo 39. Financiación privada, mecenazgo y plataformas de financiación participativa.
- Artículo 40. Convenios de colaboración con entidades públicas y privadas.
- Artículo 41. Apoyo público a las actividades riojanas de ciencia, tecnología e innovación.
- Artículo 42. Estímulo de la actividad científica e innovadora.
- Artículo 43. Relación del Sistema Riojano de Ciencia Tecnología e Innovación con otros sistemas.
- Artículo 44. Internacionalización del Sistema Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Artículo 45. Relación con el Espacio Europeo de Investigación.
- Artículo 46. Puesta en valor y transferencia del conocimiento.
- Artículo 47. Difusión y divulgación de los resultados derivados de las actividades de ciencia, tecnología e innovación.
- Disposición adicional única. Fundaciones e instituciones públicas con competencias en materia de investigación.
- Disposición transitoria única. Órganos y normativa vigente hasta el desarrollo reglamentario, constitución y entrada en funcionamiento de la Comisión Interdepartamental de Cienc…
- Disposición derogatoria única. Disposiciones derogadas.
- Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de La Rioja. |
| Deroga | Ley 3/2009, de 23 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 8/2023?
- Ley 8/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 8/2023?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 8/2023?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.