Artículo 5. Medidas para la igualdad efectiva.
Artículo 5 de la Ley 8/2023, de 20 de abril, de la ciencia, la tecnología y la innovación de La Rioja. · BOE-A-2023-11338
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-26.
Texto consolidado
Con el fin de lograr un Sistema Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación inclusivo, diverso, seguro e igualitario, los planes de igualdad regulados en el artículo 4 establecerán programas y medidas de apoyo, fomento, organización, acción y seguimiento para la igualdad efectiva, incluida la violencia de género, y se adoptarán las medidas para la igualdad efectiva de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 4/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y cualquier otra medida que persiga la igualdad real y efectiva.