Artículo 20. Contratación de personal de la investigación de carácter laboral.
Artículo 20 de la Ley 8/2023, de 20 de abril, de la ciencia, la tecnología y la innovación de La Rioja. · BOE-A-2023-11338
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-26.
Texto consolidado
1. La contratación de personal de la investigación de carácter laboral en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en la normativa estatal vigente sobre la ciencia, la tecnología y la innovación.
2. Los organismos de investigación, centros e institutos de investigación propios de la Administración de la Comunidad de La Rioja podrán contratar personal de la investigación a través de las modalidades de trabajo establecidas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y resto de normativa aplicable en la materia.
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