Artículo 27. Órganos competentes del Sistema Riojano de Ciencia Tecnología e Innovación.
Artículo 27 de la Ley 8/2023, de 20 de abril, de la ciencia, la tecnología y la innovación de La Rioja. · BOE-A-2023-11338
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-26.
Texto consolidado
Sin perjuicio de las competencias que, con carácter general, tienen atribuidas los distintos órganos y entidades públicas de la Comunidad Autónoma, son órganos competentes del Sistema Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación los siguientes:
a) El Gobierno de La Rioja, fundamentalmente a través de la consejería competente en materia de ciencia, tecnología e innovación.
b) La Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación.
c) El Consejo Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación.