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Ley Derogada

Artículo 30. Marca distintiva del Sistema Riojano de Innovación.

Artículo 30 de la Ley 3/2009, de 23 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. · BOE-A-2009-11565

Atención: Ley 3/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Comunidad Autónoma de La Rioja dispondrá de una marca distintiva específica para el Sistema Riojano de Innovación, así como para el Plan Riojano de I+D+I, que deberán utilizar todos los agentes del Sistema Riojano de Innovación en las actuaciones financiadas con fondos públicos del Gobierno de La Rioja en materia de I+D+I.

2. La Comunidad Autónoma de La Rioja podrá promover la creación de un distintivo de excelencia de la innovación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-07-02.

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