Ley 2/2009, de 12 de febrero, del Consejo de Garantías Estatutarias.
BOE-A-2009-5085 · Boletín Oficial del Estado, 2009-03-27 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Ley 2/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
La Ley 2/2009, de 12 de febrero, regula la creación y funcionamiento del Consejo de Garantías Estatutarias en Cataluña, una institución que asegura que las disposiciones de la Generalidad se ajusten al Estatuto y a la Constitución. Esta norma aplica a todos los ciudadanos y entidades que interactúan con la administración pública en Cataluña desde su entrada en vigor.
Entre los puntos clave, el Consejo tiene la responsabilidad de emitir dictámenes vinculantes sobre la adecuación de leyes y decretos al Estatuto y a la Constitución, garantizando así la protección de los derechos estatutarios. Los miembros del Consejo, que deben ser juristas de prestigio, son designados por el Parlamento y el Gobierno, con un mandato de seis años no renovable. Además, la ley establece un régimen de incompatibilidades para los consejeros, prohibiéndoles ejercer otros cargos públicos o actividades que puedan comprometer su imparcialidad. Por último, esta ley deroga la anterior Ley 1/1981, del Consejo Consultivo de la Generalidad, marcando un cambio significativo en la estructura de asesoramiento legal del gobierno catalán.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/2009
- Fecha de la disposición
- 2009-02-12
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 74, 2009-03-27
- Entrada en vigor
- 2009-03-10
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 43
- Identificador BOE
- BOE-A-2009-5085
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 2/2009, de 12 de febrero, del Consejo de Garantías Estatutarias.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Naturaleza y funciones del Consejo.
- Artículo 3. Composición del Consejo y designación de los miembros.
- Artículo 4. Pérdida de la condición de miembro del Consejo.
- Artículo 5. Provisión de vacantes en el Consejo.
- Artículo 6. Suspensión de la condición de miembro del Consejo.
- Artículo 7. La presidencia del Consejo.
- Artículo 8. La vicepresidencia del Consejo.
- Artículo 9. La secretaría del Consejo.
- Artículo 10. Actuación de los miembros del Consejo.
- Artículo 11. Causas de abstención de los miembros del Consejo.
- Artículo 12. Régimen de incompatibilidades.
- Artículo 13. Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo.
- Artículo 14. Medios materiales y personales del Consejo.
- Artículo 15. Presupuesto del Consejo.
- Artículo 16. Materias objeto de dictamen.
- Artículo 17. Solicitud y emisión de dictámenes.
- Artículo 18. Dictámenes vinculantes.
- Artículo 19. Ampliación y acumulación de procedimientos.
- Artículo 20. Conclusiones y votos particulares.
- Artículo 21. Adopción de acuerdos del Consejo.
- Artículo 22. Publicidad de los dictámenes del Consejo.
- Artículo 23. Legitimación.
- Artículo 24. Forma y contenido de las solicitudes de dictamen.
- Artículo 25. Tramitación de las solicitudes de dictamen.
- Artículo 26. Tramitación de los dictámenes relativos a la reforma del Estatuto y a otros proyectos y proposiciones de ley.
- Artículo 26 bis. Tramitación de los dictámenes relativos a los proyectos y proposiciones de ley tramitados en lectura única.
- Artículo 27. Tramitación de los dictámenes relativos a decretos ley.
- Artículo 28. Tramitación de los dictámenes relativos a proyectos de decreto legislativo.
- Artículo 29. Tramitación de los dictámenes relativos a la autonomía local garantizada por el Estatuto.
- Artículo 30. Tramitación de los dictámenes relativos a recursos de inconstitucionalidad interpuestos por el Parlamento.
- Artículo 31. Tramitación de los dictámenes relativos a recursos de inconstitucionalidad o conflictos de competencia promovidos por el Gobierno.
- Artículo 32. Plazo para la emisión de los dictámenes relativos a conflictos en defensa de la autonomía local garantizada por la Constitución.
- Disposición adicional primera. Cómputo de los plazos.
- Disposición adicional segunda. Sucesión entre el Consejo Consultivo de la Generalidad y el Consejo de Garantías Estatutarias.
- Disposición adicional tercera. Elaboración del Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo.
- Disposición adicional cuarta. Continuidad del personal al servicio del Consejo Consultivo de la Generalidad.
- Disposición transitoria primera. Mantenimiento en funciones del Consejo Consultivo de la Generalidad.
- Disposición transitoria segunda. Primera designación y primeras renovaciones de los miembros del Consejo de Garantías Estatutarias.
- Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio hasta la constitución del Consejo de Gobiernos Locales.
- Disposición transitoria cuarta. Régimen interno transitorio.
- Disposición transitoria quinta. Designación y renovaciones de los miembros del Consejo de Garantías Estatutarias.
- Disposición derogatoria única. Derogación de la Ley 1/1981.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña. |
| Deroga | la Ley 1/1981, de 25 de febrero |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/2009?
- Ley 2/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/2009?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2009?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.