Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid.
BOE-A-1999-11710 · Boletín Oficial del Estado, 1999-05-25 · Comunidad de Madrid
Ley 19/1998 está derogada desde el 2022-12-23: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Ley 19/1998
- Fecha de la disposición
- 1998-11-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 124, 1999-05-25
- Entrada en vigor
- 1998-12-03
- Departamento
- Comunidad de Madrid
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2022-12-23
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 82
- Identificador BOE
- BOE-A-1999-11710
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la presente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Del objeto de la Ley.
- Artículo 2. De las definiciones de ordenación y atención farmacéutica.
- Artículo 3. De los niveles de atención farmacéutica.
- Artículo 4. De la actuación coordinada.
- Artículo 5. De los límites de la dispensación.
- Artículo 6. Prohibiciones en la dispensación.
- Artículo 7. De los requisitos básicos de los establecimientos y servicios farmacéuticos.
- Artículo 8. De los requisitos de los procedimientos de autorización.
- Artículo 9. De la definición, funciones y servicios de la oficina de farmacia.
- Artículo 10. Adquisición de medicamentos.
- Artículo 11. Custodia y conservación de los medicamentos.
- Artículo 12. Dispensación de medicamentos.
- Artículo 13. Elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales.
- Artículo 14. Información sobre medicamentos.
- Artículo 15. Colaboración con la autoridad sanitaria.
- Artículo 16. Elaboración de protocolos de actuación en la atención farmacéutica.
- Artículo 17. Seguimiento farmacoterapéutico de los pacientes.
- Artículo 18. Farmacovigilancia.
- Artículo 19. Funciones relacionadas con la prevención de la enfermedad y promoción de la salud.
- Artículo 20. Registro, tramitación y archivo de los documentos.
- Artículo 21. Actuación coordinada con el área de salud.
- Artículo 22. Funciones y servicios en relación a los medicamentos veterinarios.
- Artículo 23. Presencia y actuación profesional del Farmacéutico.
- Artículo 24. Del Director técnico, regente, sustituto y adjunto.
- Artículo 25. De la obligación de contratación de Farmacéuticos adjuntos.
- Artículo 26. Nombramiento de Farmacéutico adjunto, sustituto y regente.
- Artículo 27. Requisitos para el nombramiento del personal técnico de la oficina de farmacia.
- Artículo 28. Cese del Farmacéutico adjunto, sustituto y regente.
- Artículo 29. Locales e instalaciones.
- Artículo 30. Identificación y señalización.
- Artículo 31. Horarios de apertura y servicios de guardia de las oficinas de farmacia.
- Artículo 32. Criterios de planificación.
- Artículo 33. Distancias.
- Artículo 34. Procedimiento de autorización de oficina de farmacia.
- Artículo 35. Traslado voluntario de oficinas de farmacia.
- Artículo 36. Traslado forzoso de la oficina de farmacia.
- Artículo 37. Procedimiento de traslado.
- Artículo 38. Transmisión inter vivos.
- Artículo 39. Transmisión mortis causa.
- Artículo 40. Limitaciones al derecho de transmisión.
- Artículo 41. Regencia en caso de fallecimiento del titular.
- Artículo 42. Regencia en otros casos.
- Artículo 43. Criterios básicos.
- Artículo 44. Modificación de instalaciones y local.
- Artículo 45. Cierre voluntario temporal o definitivo.
- Artículo 46. Definición y requisitos básicos.
- Artículo 47. Requisitos de la autorización.
- Artículo 48. Cierre del botiquín.
- Artículo 49. Concepto, requisitos y funciones de los Servicios Farmacéuticos de Atención Primaria.
- Artículo 50. Conceptos básicos.
- Artículo 51. Los Servicios de Farmacia de Hospital.
- Artículo 52. Depósitos de Medicamentos de Hospital.
- Artículo 53. Depósitos de Medicamentos extrahospitalarios en instituciones sanitarias sin internamiento.
- Artículo 54. Conceptos básicos.
- Artículo 55. Conceptos básicos.
- Artículo 56. Comisión de Formación Continuada en oficinas de farmacia.
- Artículo 57. Incompatibilidades profesionales.
- Artículo 58. De la promoción y publicidad de los medicamentos.
- Artículo 59. Inspección.
- Artículo 60. Medidas cautelares.
- Artículo 61. Infracciones.
- Artículo 62. Sanciones.
- Artículo 63. Otras medidas.
- Artículo 64. Prescripción y caducidad.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición transitoria quinta.
- Disposición transitoria sexta.
- Disposición transitoria séptima.
- Disposición transitoria octava.
- Disposición transitoria novena.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (5)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 19/1998?
- Ley 19/1998 está derogada desde el 2022-12-23: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 19/1998?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 19/1998?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.