Artículo 8. De los requisitos de los procedimientos de autorización.
Artículo 8 de la Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1999-11710
Atención: Ley 19/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los procedimientos de autorización de los establecimientos y servicios farmacéuticos se ajustarán a lo dispuesto en la presente Ley, a las normas generales de procedimiento administrativo y a lo que reglamentariamente se establezca sobre la materia.