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Ley Derogada

Artículo 8. De los requisitos de los procedimientos de autorización.

Artículo 8 de la Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1999-11710

Atención: Ley 19/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los procedimientos de autorización de los establecimientos y servicios farmacéuticos se ajustarán a lo dispuesto en la presente Ley, a las normas generales de procedimiento administrativo y a lo que reglamentariamente se establezca sobre la materia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-12-03.

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