Ley 1/2019, de 1 de marzo, para la recuperación de la memoria democrática en el Principado de Asturias.
BOE-A-2019-5480 · Boletín Oficial del Estado, 2019-04-12 · Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Ley 1/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-03-01
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 88, 2019-04-12
- Entrada en vigor
- 2019-03-09
- Departamento
- Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 71
- Identificador BOE
- BOE-A-2019-5480
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley del Principado de Asturias para la recuperación de la memoria democrática en el Principado de Asturias.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito.
- Artículo 3. Fundamentos.
- Artículo 4. Medidas de acción positiva.
- Artículo 5. Reconocimiento de las víctimas.
- Artículo 6. Definiciones.
- Artículo 7. Derecho a la localización de las personas desaparecidas.
- Artículo 8. Localización e identificación de víctimas.
- Artículo 9. Características del censo de víctimas y personas desaparecidas.
- Artículo 10. Financiación de las actuaciones.
- Artículo 11. Localización de fosas e identificación de restos.
- Artículo 12. Hallazgo de restos humanos.
- Artículo 13. Protocolo sobre localización e identificación de restos humanos.
- Artículo 14. Ocupación de terrenos.
- Artículo 15. Comité Técnico y Banco de ADN.
- Artículo 16. Actualización de los mapas.
- Artículo 17. Publicidad de la información.
- Artículo 18. Competencia de la reparación y reconocimiento.
- Artículo 19. Destinatarios de reparación y reconocimiento.
- Artículo 20. Protocolo de actuación sobre las fosas.
- Artículo 21. Coparticipación en las medidas de reparación y reconocimientos.
- Artículo 22. Investigación y difusión.
- Artículo 23. Aplicación del derecho internacional.
- Artículo 24. Condecoraciones.
- Artículo 25. Reconocimientos.
- Artículo 26. Presencia protocolaria.
- Artículo 27. Testimonio directo de las víctimas.
- Artículo 28. Definición de los lugares de la memoria democrática de Asturias.
- Artículo 29. Catálogo de los lugares de la memoria democrática de Asturias.
- Artículo 30. Declaración de lugar de la memoria democrática de Asturias.
- Artículo 31. Procedimiento para la declaración de lugar de la memoria democrática de Asturias.
- Artículo 32. Modificación o cancelación de los lugares de la memoria democrática de Asturias.
- Artículo 33. Preservación de los lugares de la memoria democrática de Asturias.
- Artículo 34. Conservación de los lugares de la memoria democrática de Asturias.
- Artículo 35. Difusión e interpretación de los lugares de la memoria democrática de Asturias.
- Artículo 36. Rutas de memoria democrática.
- Artículo 37. La memoria democrática en la educación.
- Artículo 38. Actividades culturales y académicas sobre memoria democrática.
- Artículo 39. Otras iniciativas educativas sobre memoria democrática.
- Artículo 40. Impulso de la investigación sobre memoria democrática.
- Artículo 41. Regla general.
- Artículo 42. Obligaciones de los medios audiovisuales.
- Artículo 43. Protección de la imagen.
- Artículo 44. Acuerdos y sensibilización sobre la información.
- Artículo 45. Accesibilidad de los archivos.
- Artículo 46. Garantía de acceso a los archivos.
- Artículo 47. Digitalización de los archivos.
- Artículo 48. Retirada o eliminación de símbolos.
- Artículo 49. Símbolos en edificios de relevancia patrimonial o histórica.
- Artículo 50. Custodia de los símbolos retirados.
- Artículo 51. Instituto de la Memoria Democrática del Principado de Asturias.
- Artículo 52. Consejo de la Memoria Democrática del Principado de Asturias.
- Artículo 53. Naturaleza y composición del Consejo de la Memoria Democrática del Principado de Asturias.
- Artículo 54. Funciones del Consejo de la Memoria Democrática del Principado de Asturias.
- Artículo 55. Infracciones.
- Artículo 56. Responsabilidades.
- Artículo 57. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 58. Reincidencia.
- Artículo 59. Tipos de sanciones.
- Artículo 60. Procedimiento sancionador.
- Artículo 61. Competencia sancionadora.
- Disposición adicional primera. Juicios por motivos políticos.
- Disposición adicional segunda. Retirada de elementos.
- Disposición adicional tercera. Hijos adoptivos y predilectos.
- Disposición adicional cuarta. Acto institucional.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación normativa.
- Disposición final segunda. Protocolo para el reconocimiento.
- Disposición final tercera. Museo de la Guerra Civil en Asturias.
- Disposición final cuarta. Protocolo para la protección y seguridad.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Asturias. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/2019?
- Ley 1/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.