Decreto-ley 2/2016, de 30 de agosto, de medidas urgentes para la ejecución de las sentencias dictadas en relación con los concursos convocados en el marco del Decreto 124/2010, de 22 de junio, y el impulso de la producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica en Aragón.
BOA-d-2016-90453 · Boletín Oficial de Aragón, 2016-08-31 · Comunidad Autónoma de Aragón
Decreto-ley 2/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-02-12.
Resumen
El Decreto-ley 2/2016 regula medidas urgentes para ejecutar sentencias relacionadas con concursos de producción de energía eólica en Aragón, buscando resolver la inseguridad jurídica generada por conflictos administrativos y judiciales previos. Aplica a todos los promotores de proyectos de energía eólica en Aragón desde su entrada en vigor el 31 de agosto de 2016.
Entre los puntos clave, establece la ejecución inmediata de sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que afectan a 34 pronunciamientos y 29 instalaciones. Se eliminan los concursos de priorización anteriores, permitiendo una tramitación anticipada de proyectos que cumplan ciertos criterios. Además, se introducen mecanismos de transparencia y coordinación entre administraciones para facilitar el acceso a redes eléctricas. Los promotores de proyectos deben obtener permisos de acceso y conexión, y se establece un régimen de protección frente a afecciones eólicas de otros proyectos durante un plazo determinado. Esta norma no está derogada y sigue en vigor, promoviendo un marco regulatorio más claro y seguro para el desarrollo de la energía eólica en la región.
Datos clave
- Rango
- Decreto-ley 2/2016
- Fecha de la disposición
- 2016-08-30
- Publicación
- Boletín Oficial de Aragón núm. 168, 2016-08-31
- Entrada en vigor
- 2016-09-01
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-02-12
- Artículos
- 39
- Identificador BOE
- BOA-d-2016-90453
- Texto consolidado
- boe.es
De qué trata esta norma
La aprobación en su día del Decreto 124/2010, de 22 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los procedimientos de priorización y autorización de instalaciones de producción de energía, tuvo por objeto impulsar de forma ordenada el desarrollo de la producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica en Aragón. Se estableció para ello un procedimiento de priorización basado en la identificación previa de la capacidad de evacuación de las redes de transporte y distribución en el territorio de la Comunidad Autónoma. Sin embargo, el proceso de aplicación de dicha norma dio lugar a una elevada conflictividad que se ha traducido en un gran número de procedimientos administrativos y judiciales de impugnación que, a la postre, han provocado un elevado número de sentencias judiciales y, a la postre, una situación de grave inseguridad jurídica. Constituye el objetivo…
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Transparencia de los procedimientos de acceso a redes.
- Artículo 4. Mecanismos de coordinación administrativa.
- Artículo 5. Ejecución de Sentencias.
- Artículo 6. Régimen especial de tramitación anticipada.
- Artículo 7. Régimen del procedimiento de autorización.
- Artículo 8. Admisión a trámite de solicitudes de autorización administrativa previa y de construcción y prioridad.
- Artículo 9. Suspensión de la admisión a trámite de solicitudes de autorización administrativa previa y de construcción.
- Artículo 10. Garantía económica.
- Artículo 11. Inicio del procedimiento.
- Artículo 12. Capacidad del solicitante.
- Artículo 13. Documentación precisa para la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción.
- Artículo 14. Requerimiento de informes y propuesta de resolución.
- Artículo 15. Resolución de autorización administrativa previa y de construcción.
- Artículo 16. Cumplimiento y ejecución del proyecto.
- Artículo 17. Autorización de explotación.
- Artículo 18. Garantía de servicio y desmantelamiento.
- Artículo 19. Acreditación de medios.
- Artículo 20. Restitución de terrenos y autorización de cierre.
- Artículo 21. Modificación no sustancial de una instalación eólica.
- Artículo 21 bis. Modificación de la autorización de construcción de parques eólicos.
- Artículo 22. Inspecciones periódicas de las instalaciones.
- Artículo 23. Expropiación y servidumbres.
- Artículo 23.bis Concurrencia de utilidades o interés público y trámite y declaración de compatibilidad o prevalencia.
- Artículo 24. Transmisión de instalaciones.
- Disposición adicional primera. Comunicación inicial de capacidad de acceso.
- Disposición adicional segunda. Admisión a trámite de solicitudes de autorización administrativa previa y de construcción conforme a este Decreto-ley.
- Disposición adicional tercera. Aplicación supletoria a otras tecnologías de producción.
- Disposición adicional cuarta. Autorización de explotación de las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y resid…
- Disposición transitoria primera. Modificación de instalaciones ya autorizadas.
- Disposición transitoria segunda. Parques eólicos en tramitación.
- Disposición transitoria tercera. Plan de Evacuación de Régimen Especial de Aragón.
- Disposición transitoria cuarta. Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos de potencia instalada no supe…
- Disposición derogatoria primera. Derogación expresa.
- Disposición derogatoria segunda. Derogación por incompatibilidad.
- Disposición final primera. Remisión a normativa estatal.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (6)
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto-ley 2/2016?
- Decreto-ley 2/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-02-12.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto-ley 2/2016?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto-ley 2/2016?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.