Real Decreto 671/2013, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo.
BOE-A-2013-9680 · Boletín Oficial del Estado, 2013-09-18 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 671/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 671/2013
- Fecha de la disposición
- 2013-09-06
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 224, 2013-09-18
- Entrada en vigor
- 2013-09-19
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 75
- Identificador BOE
- BOE-A-2013-9680
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El presente real decreto tiene por objeto el desarrollo de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, aprobada por unanimidad por ambas Cámaras legislativas como expresión del reconocimiento y compromiso permanente de la sociedad española hacia todas las víctimas del terrorismo.
En cumplimiento de la habilitación para el desarrollo reglamentario contenida en la disposición final primera de la citada disposición legal, el reglamento incorpora las principales novedades legales y se inspira, al igual que aquélla, en una concepción integral de la atención al colectivo de víctimas del terrorismo, así como en los principios de protección de las víctimas de delitos reconocidos por el Derecho de la Unión Europea.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Reglamento.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio.
- Disposición transitoria segunda. Aplicación retroactiva a quienes ya hubieran obtenido resarcimientos, indemnizaciones y ayudas.
- Disposición derogatoria única. Disposiciones que se derogan.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Incorporación de Derecho de la Unión Europea.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Destinatarios.
- Artículo 4. Delimitación de las ayudas, resarcimientos, indemnizaciones y condecoraciones.
- Artículo 5. Régimen especial de ayudas a las personas amenazadas.
- Artículo 6. Titulares.
- Artículo 7. Cuantías.
- Artículo 8. Gastos de sepelio e inhumación.
- Artículo 9. Titulares.
- Artículo 10. Cuantías.
- Artículo 11. Calificación de las lesiones.
- Artículo 12. Pagos a cuenta.
- Artículo 13. Titulares.
- Artículo 14. Cuantía.
- Artículo 15. Titulares.
- Artículo 16. Cuantía.
- Artículo 17. Régimen jurídico.
- Artículo 18. Subrogación del Estado en las acciones de responsabilidad civil.
- Artículo 19. Comunicación con los órganos jurisdiccionales.
- Artículo 20. Titulares.
- Artículo 21. Cuantía.
- Artículo 22. Carácter subsidiario.
- Artículo 23. Daños resarcibles.
- Artículo 24. Daños en viviendas.
- Artículo 25. Alojamiento provisional.
- Artículo 26. Daños en establecimientos mercantiles o industriales.
- Artículo 27. Daños en sedes de partidos políticos, sindicatos y organizaciones sociales.
- Artículo 28. Daños en vehículos.
- Artículo 29. Tasación de daños materiales.
- Artículo 30. Asistencia psicológica y psiquiátrica inmediata.
- Artículo 31. Asistencia sanitaria de urgencia.
- Artículo 32. Tratamientos médicos y asistencia sanitaria complementaria.
- Artículo 33. Tratamiento psicológico.
- Artículo 34. Apoyo psicopedagógico.
- Artículo 35. Titulares.
- Artículo 36. Contenido.
- Artículo 37. Requisitos.
- Artículo 38. Incompatibilidades.
- Artículo 39. Tasas académicas.
- Artículo 40. Vivienda pública.
- Artículo 41. Ayudas para la adaptación de vivienda.
- Artículo 42. Ayudas extraordinarias.
- Artículo 43. Anticipos.
- Artículo 44. Derechos laborales.
- Artículo 45. Derechos de los empleados públicos.
- Artículo 46. Políticas activas de empleo.
- Artículo 47. Convenios con empresas para facilitar la contratación de víctimas del terrorismo.
- Artículo 48. Iniciación del procedimiento. Forma y lugar de presentación de las solicitudes.
- Artículo 49. Plazo de presentación de solicitudes.
- Artículo 50. Subsanación y mejora de la solicitud.
- Artículo 51. Instrucción del procedimiento.
- Artículo 52. Suspensión del procedimiento.
- Artículo 53. Resolución.
- Artículo 54. Ámbito de aplicación.
- Artículo 55. Designación y funciones de la autoridad de asistencia.
- Artículo 56. Autoridad de decisión.
- Artículo 57. Impresos para la transmisión de solicitudes y comunicación de la resolución.
- Artículo 58. Recurso administrativo.
- Artículo 59. Condecoraciones.
- Artículo 60. Grados y concesión.
- Artículo 61. Carácter de las condecoraciones y tratamiento que otorgan.
- Artículo 62. Descripción de las condecoraciones.
- Artículo 63. Expedición de títulos y Libro Registro.
- Artículo 64. Uso y efectos de las condecoraciones.
- Artículo 65. Actos de homenaje y reconocimiento a las víctimas del terrorismo.
- Artículo 66. Informe sobre la situación de las víctimas del terrorismo.
- Artículo 67. Carta Europea de Derechos de las Víctimas del Terrorismo.
- ANEXO
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 225, de 19 de septiembre de 2013 |
| Se modifica | los arts. 48.2, 49.4, 60.1 y 2, 61.2 y 62 y el modelo de solicitud indicado del anexo, por Real Decreto 107/2018, de 9 de marzo |
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 671/2013?
- Real Decreto 671/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 671/2013?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 671/2013?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.