El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 30. Asistencia psicológica y psiquiátrica inmediata.

Artículo 30 del Real Decreto 671/2013, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo. · BOE-A-2013-9680

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-09-19.

Texto consolidado

Las personas afectadas por un atentado terrorista recibirán de inmediato, con carácter gratuito, la asistencia psicológica y psiquiátrica necesaria para cubrir sus necesidades de atención, durante todo el tiempo que precisen de acuerdo con los criterios médicos y buscando su mejor y más pronta recuperación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-09-19.

Más artículos de Real Decreto 671/2013

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 671/2013 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.